Absueltos los dos miembros de Podemos acusados del supuesto "reparto de votos" de El Coronil (Sevilla)

Publicado: viernes, 18 mayo 2018 14:06

SEVILLA, 18 May. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número dos de Sevilla ha absuelto finalmente a los dos miembros del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) y de la agrupación de Podemos en El Coronil, juzgados recientemente por un presunto delito electoral derivado del supuesto "reparto de votos" de Podemos en un colegio electoral de dicho municipio, el día de los comicios generales celebrados el 20 de diciembre de 2015.

En una sentencia fechada el pasado 14 de mayo y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial aborda el juicio celebrado el pasado 10 de mayo contra Miguel B.L. y Diego G.M., ambos miembros del SAT y de la estructura de Podemos en El Coronil y a quienes la Fiscalía acusaba de un presunto delito electoral cometido la mañana del 20 de diciembre de 2015, una jornada de elecciones generales.

Aquel día, la agrupación socialista de El Coronil denunció ante la Junta Electoral de Zona (JEZ) de Morón de la Frontera un supuesto "reparto de votos" de Podemos en el interior del colegio electoral María Ana De la Calle, al entender que los hechos podían ser constitutivos de un delito tipificado en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).

En un escrito, la JEZ de Morón daba después cuenta de la denuncia del PSOE y de "las diligencias instruidas" al respecto por la Policía Judicial de la Guardia Civil, que intervino en el citado colegio electoral "una caja" que contenía votos de Podemos.

Desde Podemos, de otro lado, negaban que mediase el mencionado "reparto" de votos en el interior del colegio electoral y alegaban que los votos llegaron al citado colegio electoral junto con los materiales que portaban los representantes de la formación para ejercer su labor como apoderados o interventores.

A LOS TRIBUNALES

De cualquier modo, la Junta Electoral de Zona acordó en su momento "remitir testimonio de la denuncia y el acta de la jornada electoral" a los Juzgados de Utrera, remitiendo además "la caja con votos intervenida en el acto por la Guardia Civil", toda vez que tras la correspondiente instrucción, el Juzgado de lo Penal número dos de Sevilla celebró el pasado 10 de mayo un juicio contra Miguel B.L. y Diego G.M., ambos miembros del SAT y de la estructura de Podemos en El Coronil y a quienes la Fiscalía acusaba de un presunto delito electoral a cuenta de los hechos en cuestión.

Fruto de dicho juicio, el Juzgado de lo Penal número dos ha dictado una sentencia en la que absuelve a ambos acusados, pues si bien "existen indicios de que los acusados pudieran haber desplegado la acción descrita por la acusación, toda vez que fue hallada una caja conteniendo sobres y papeletas justamente entre ambos, lo que no resulta lógico desde el mismo instante en que el colegio electoral ya dispone de dicho material, y fueron varios los apoderados del PSOE que refirieron haber observado a los acusados efectuando el reparto de papeletas, la actividad probatoria desplegada en el acto de la vista no permite concluir, sin albergar duda alguna, que los acusados de forma efectiva procedieran a repartir sobres y papeletas de su formación con la intención de captar votos, pues ninguno de los testigos que depusieron en el juicio afirma haber observado dicha conducta".

Abunda la sentencia que después de que los acusados negasen durante la instrucción que repartiesen las citadas papeletas y durante el juicio se acogiesen a su derecho a no declarar, los agentes de la Guardia Civil que intervinieron tras la denuncia del PSOE testificaron que "observaron a los acusados junto a una caja en la que había depositadas papeletas y sobres de Podemos, si bien en ningún momento los vieron repartirlas".

LAS TESTIFICALES

En el caso de los apoderados del PSOE, quienes testificaron en el juicio, "afirmaron que en ningún momento observaron a los acusados proceder al reparto de papeletas y sobres de la formación". "Ninguno (de los testigos) fue capaz de identificar siquiera a alguno de los vecinos que refieren fueron quienes les manifestaron haber visto a los acusados repartir sobres y papeletas", expone la sentencia, según la cual una de las apoderadas del PSOE incluso "incurrió en manifiesta contradicción en la vista, pues inicialmente refirió haber visto el reparto de sobres y papeletas a conocidos de ellos y afiliados, pero en el mismo curso de su declaración se desdijo y terminó aseverando no haberlos visto realizar el reparto".

En cuanto al testimonio de la alcaldesa de El Coronil, Maribel Gómez, perteneciente al Colectivo Unidad de los Trabajadores (CUT), quien testificó asegurando que fue ella quien llevó la caja intervenida por la Guardia Civil y que los votos contenidos en la misma habían sobrado de la campaña electoral e iban a ser reciclados, el juzgado no encuentra "verosímil" dicha tesis, porque pese a todo el periodo transcurrido para la instrucción de la causa, la primer edil "en ningún momento" hasta ahora ha sostenido dicha versión.

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