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SEVILLA 18 Sep. (EUROPA PRESS) -
El jurado popular encargado de emitir un veredicto sobre el varón acusado de amenazar de muerte y allanar la vivienda de su sobrina en la capital hispalense ha quedado disuelto tras una conformidad entre las partes que ha propiciado una rebaja a la mitad de la pena solicitada por la Fiscalía en un principio, en concreto, de tres a un año y medio de prisión.
El acusado, que permanecía desde el pasado día 10 de septiembre en busca y captura tras no acudir a la primera sesión del procedimiento, fue hallado este miércoles y finalmente llevado por agentes de la Policía Nacional ante el Tribunal del Jurado este jueves, 17 de septiembre.
No obstante, la labor de los componentes de este jurado no fue necesaria, dado que las partes alcanzaron un acuerdo a través del cual se fijó una pena de un año por un delito de allanamiento y seis meses por un delito de amenazas, así como seis meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros.
Además, este hombre no podrá acercase a su sobrina durante tres años a una distancia inferior a 300 metros, ello de nuevo tras alcanzar la conformidad, dado que en un principio la Fiscalía pedía un distanciamiento de unos 1.000 metros.
Así, la fiscal elevó en la sesión sus conclusiones a definitivas tras la modificación de la pena y el jurado popular quedó disuelto, ello entre las muestras de agradecimiento del juez encargado del caso, quien esgrimió que había sido un "honor" contar con el tiempo de estos ciudadanos, que finalmente pudieron volver a casa sin atravesar este procedimiento.
Cabe reseñar que el acusado no llegará a pisar la cárcel, dado que la fiscal informó favorablemente sobre la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, pese a contar este hombre con algunos antecedentes penales que podrían haber impedido la suspensión.
Sin embargo, sí interpuso algunos condicionantes. Entre ellos, el investigado no podrá cometer ningún hecho delictivo, ni siquiera vial, tal y como remarcaba el juez, no podrá mantener comunicación con su sobrina durante el tiempo mencionado y deberá prestar 109 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El magistrado, atendiendo a estas peticiones, decretó finalmente la suspensión de la pena privativa de libertad.