SEVILLA, 6 Dic. (EUROPA PRESS) -
El juzgado de lo Social número 8 de Sevilla ha anulado el recorte del 5 por ciento en los salarios de la plantilla de la Orquesta Sinfónica hispalense, en vigor desde el pasado 1 de enero tras haber sido aprobado por su consejo de administración en diciembre de 2010 para "asegurar su viabilidad", al entender que es una decisión que no fue sometida a negociación colectiva y por no haberse acreditado una situación "que revele la pérdida de viabilidad del proyecto".
De esta manera, la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), estima la demanda interpuesta a tal efecto por el comité de empresa de la Sinfónica en el pasado mes de junio y obliga a la entidad a "reponer a los trabajadores en los salarios vigentes a fecha de 31 de diciembre de 2010", una medida que, según ha explicado CCOO en un comunicado, afecta a un total de 117 trabajadores, de los que 95 son músicos.
Para razonar su fallo, la magistrada del juzgado de lo Social número 8 encargada de rubricar la sentencia relata en la misma que, por un lado, dicho recorte no podía justificarse en virtud del Decreto Ley 2/2010 aprobado por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía que establecía reducir en ese porcentaje las retribuciones de los trabajadores del sector público, como pretendía la empresa demandada, ya que dicha norma dictaminaba que el recorte de los salarios, en el caso de las sociedades mercantiles "con convenio colectivo propio", como la Sinfónica, "exige en todo caso la negociación colectiva y el pacto colectivo, algo que aquí no se ha seguido".
Más allá de esa circunstancia, la sentencia precisa que, en todo caso, la rebaja de los sueldos no se podría atribuir a dicho decreto porque el consejo de administración, cuando la acordó, la justificó invocando "la necesidad de asegurar la viabilidad del proyecto", cuando "lo cierto es que los ingresos derivados de la actividad de la orquesta han sido levemente superiores en el año 2011 en relación a 2010", de forma que "el volumen del presupuesto ha descendido en un importe muy inferior al porcentaje de reducción que se pretende aplicar".
De esta manera, el fallo entiende que "no se han cumplido los requisitos exigidos para poder aplicar esta reducción salarial" ni en virtud del decreto, ya que no se ha sometido a negociación colectiva, ni en función de los motivos que exponía el consejo de administración para justificarla, ya que "no se han acreditado pérdidas o situación que revele la pérdida de viabilidad del proyecto".
La cantidad que la orquesta ha dejado de pagar a su plantilla en 2011 asciende, según las estimaciones de CCOO, a unos 240.000 euros, una cantidad que tendrán que aportar tanto la Junta de Andalucía como Ayuntamiento de Sevilla, por ser "sus socios accionistas al 50 por ciento".
"UNA VICTORIA SINDICAL CLARA", SEGÚN CCOO
En un comunicado, CCOO ha valorado este fallo como una "victoria sindical clara", ya que "anula una decisión empresarial tomada unilateralmente y de forma ilegal, que afectó a la negociación colectiva y a las relaciones laborales posteriores de la orquesta".
Además, el sindicato ha calificado de "relevante" la sentencia por ser "la primera que se gana en una orquesta sinfónica", de modo que, según este sindicato, "va a servir para que otras se decidan a demandar y restablecer así la legalidad violada".