Audiencia ordena al juez mercantil admitir la demanda de Contsa contra administradores concursales

Critica que, con su decisión, el juez "ha puesto un obstáculo" a Contsa "que no encuentra justificación legal alguna"

Europa Press Andalucía
Actualizado: viernes, 22 junio 2012 16:40

SEVILLA, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado al juez de lo Mercantil número 1 que admita a trámite la demanda de responsabilidad contra los tres administradores concursales interpuesta por el propietario de la inmobiliaria Contsa, empresa declarada en suspensión de pagos y que se encuentra en concurso con 1.653 afectados, en su mayoría pequeños inversores, han informado a Europa Press fuentes del caso.

Hay que recordar que el dueño de la inmobiliaria Contsa interpuso ante el juez de lo Mercantil una demanda contra los administradores concursales al entender que han actuado "negligentemente" y "con falta de diligencia" en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, lo que ha provocado un perjuicio a Consta y los acreedores que el demandante cifró en seis millones de euros, pero el juez decidió suspender la admisión a trámite.

Para tomar esta decisión, el juez argumentó que "en este momento estamos en fase de convenio, y concretamente en el momento próximo a su fin", por lo que "poca argumentación hace falta para entender que este es un momento culminante en la tramitación de este procedimiento concursal, y que el mismo debe requerir la exclusiva atención de todos los implicados, particularmente de la administración concursal".

En un auto dictado el pasado día 31 de mayo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial critica "la indefensión que se origina" al suspender la admisión a trámite de la demanda, "contraria al derecho a la tutela judicial efectiva, ya que, sin ver rechazadas sus pretensiones en orden a la exigencia de responsabilidad, la concursada ve, sin embargo, cómo se ha puesto un obstáculo a las mismas que no encuentra justificación legal alguna".

"EFECTIVA INDEFENSIÓN"

Al hilo de ello, la Audiencia Provincial critica duramente la decisión del juez de lo Mercantil número 1 de suspender la admisión a trámite de la demanda y dice que "no puede estar de acuerdo" con la misma "en absoluto, al no existir precepto alguno que la sustente, sino, todo lo contrario, preceptos que ponen de manifiesto su improcedencia".

Así, "no puede estimarse acertada la resolución recurrida, que prescinde de las normas esenciales del procedimiento, produciendo efectiva indefensión", añadiendo que el juez puede inadmitir a trámite la demanda "si consideramos que estamos en alguno de 'los casos y por las causas expresamente previstas en la Ley'", como señala el artículo 403.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, "que atribuye a la inadmisión de la demanda un carácter absolutamente excepcional".

No obstante, lo cual, "lo que no puede --el juzgador-- es suspender la admisión a trámite de la misma, lo que, por otra parte, no tiene sentido, ya que es evidente que no se puede suspender algo que aún no se ha iniciado", motivos todos los cuales por los que ordena al juez de lo Mercantil que admita a trámite la demanda, "prosiguiendo después el procedimiento hasta su normal conclusión".

En su día, el dueño de Contsa aseveró que los administradores tienen un "interés especial" en que el convenio no salga adelante y llevar a la empresa a la liquidación. Salas estuvo encarcelado desde el 3 de octubre de 2008 hasta el 23 de junio de 2010, imputado por los presuntos delitos de estafa piramidal, administración desleal, falsedad contable e insolvencia punible.

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