Audiencia de Sevilla absuelve al expresidente de Invercaria de prevaricación y malversación por el préstamo a Badennova

Archivo - El expresidente de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo. En imagen de archivo.
Archivo - El expresidente de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo. En imagen de archivo. - Jesús Prieto - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: lunes, 15 junio 2026 14:06

SEVILLA 15 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto al expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y al administrador mancomunado de la mercantil Badennova S.L. de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por el préstamo ordinario de 103.000 euros concedido a dicha empresa para el desarrollo de un badén inteligente de velocidad (BIV) en una pieza separada del caso Invercaria.

Según ha referido la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Fiscalía Anticorrupción solicitó para el expresidente de Invercaria seis años de cárcel, mientras que para el representante de la empresa pidió dos años y medio de prisión.

En la sentencia, fechada el día 12 de junio y notificada este lunes a las partes, consta que el entonces presidente de Invercaria le concedió un préstamo ordinario por valor de 103.000 euros a Badennova.

La empresa dejó de afrontar el pago del préstamo ordinario concedido "ante la escasa comercialización del badén en el año 2011, decayendo las previsiones millonarias de ventas con las que contaba por no conseguir perfeccionar el envolvente del prototipo para espacios exteriores, donde se alcanza la mayor proyección del mercado".

El dinero del préstamo concedido "fue destinado al estudio y desarrollo del prototipo del badén, consiguiendo solventar los problemas a las temperaturas extremas en cuanto a la utilización del líquido no newtoniano del interior, si bien, el envolvente del badén" para el exterior "no ha podido ser solventado" por parte del administrador mancomunado de la mercantil.

El tribunal, en este sentido, "solo puede concluir de la valoración conjunta de las pruebas que no nos encontramos ante una decisión arbitraria o prevaricadora" en relación a la concesión del préstamo ordinario, "pues no puede confundirse una concesión prevaricadora con el resultado negativo del proyecto".

Para los magistrados, no guarda relación que el proyecto "fracase porque técnicamente no se consigue el envolvente adecuado para alcanzar el resultado que pretendía" con que el proyecto "se concediese de forma ilegal, fuera de toda tramitación y fuera de todos los fines, formas y competencia para su otorgamiento".

Es más, la Audiencia pone de manifiesto que, de todas las pruebas examinadas, "no hay ninguna evidencia de que los dos acusados hubieran realizado, ya de forma directa o por inducción, una disposición de los fondos públicos de Invercaria en propio beneficio de Badennova".

Al hilo de ello, la Sección Primera de la Audiencia subraya que, de todas las pruebas periciales practicadas, "debemos concluir que el proyecto fue suficientemente estudiado, para un proyecto semilla, documentado, analizado e informado (...)".

La decisión de concederle el préstamo ordinario "se adoptó con petición formal expresa y con un análisis técnico financiero suficiente previo a la concesión, informando de la elaboración del prototipo, su presentación en la Feria de Ifema, o los aumentos de capital de la sociedad". Contra esta sentencia, cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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