Archivo - La concejal de Participa Sevilla Cristina Honorato en la protesta de la PAH - EUROPA PRESS/PARTICIPA SEVILLA - Archivo
SEVILLA 2 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Sevilla ha desestimado un recurso de súplica de la exedil de Participa en el Ayuntamiento hispalense Cristina Honorato, contra la decisión previa de dicha instancia de desestimar su petición inicial de declarar la prescripción de los delitos leves de coacciones y de daños confirmados por este tribunal provincial, después de que en 2023 el Juzgado de Instrucción número nueve le condenase por tales delitos a dos multas que suman 720 euros, por "impedir" por la fuerza que Vox celebrase una sesión informativa en la plaza del Pumarejo, derribando para ello una carpa que el partido había instalado.
Así figura en un auto emitido el pasado 27 de mayo por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, que rechaza el recurso de súplica de la exedil Honorato contra un auto previo de junio de 2024, denegatorio ya de su petición inicial para que se declarase la prescripción de los delitos leves señalados en la sentencia inicial de 2023 y "confirmados en sentencia dictada el 13 de mayo".
El responsable de acción judicial de Vox Sevilla, Fernando Rodríguez Galisteo, y el presidente provincial del partido, Javier Navarro, han aseverado que Honorato "hizo gala de la intolerancia y la violencia", reclamando "el cumplimiento íntegro" de dicha condena al pago de multas que suman 720 euros; con el aviso de que "ninguna agresión va a quedar impune".
En la sentencia inicial, el Juzgado de Instrucción número nueve declara probado que la tarde del 26 de noviembre de 2021, Cristina Honorato, "actuando acompañada y en connivencia con un grupo de personas que no han quedado identificadas, irrumpió de forma abrupta en el lugar donde Vox había instalado, con las preceptivas autorizaciones administrativas, un espacio informativo en la Plaza del Pumarejo de Sevilla, y se dirigió a las personas que se encontraban a cargo en términos intimidatorios, conminándolas a abandonar el lugar inmediatamente, al tiempo que profería expresiones que incitaban a los presentes al odio y a la discriminación de los organizadores del evento informativo, procediendo acto seguido a ejercer fuerza sobre la estructura de la carpa hasta conseguir que se rompiera y quedara desmantelada, haciéndose con la lona que cubría la carpa y llevándosela consigo; e impidiendo, en definitiva, el desarrollo de la actividad" promovida por Vox.
"BAJO LAS ÓRDENES" DE HONORATO
La sentencia inicial señala que para la resolución condenatoria pesa un vídeo que refleja a "varias personas, al menos cuatro, golpeando con brazos y piernas la estructura de la carpa hasta que la rompen, actuando todos ellos bajo la coordinación y órdenes de la denunciada"; así como otro vídeo que muestra a Honorato "increpando a los organizadores del evento y conminándolos a marcharse inmediatamente del lugar, todo ello profiriendo gritos para tratar de incitar a la confrontación a las personas que allí se encontraban ajenas al conflicto".
Honorato y sus acompañantes, según la sentencia, "consiguieron su ilícito objetivo de impedir la celebración de una actividad legítima, y así lo confirman los pantallazos aportados con la denuncia correspondientes a los comentarios generados en distintas plataformas afines a la denunciada en la Red".
En cuanto a la activista de memoria historica Paqui Maqueda, también denunciada por Vox a cuenta de estos hechos, la sentencia indica que "no puede considerarse acreditado que sea ella la mujer que aparece en las imágenes vestida con chaquetón rosa e increpando vehementemente a las personas de Vox, así como alentando los actos vandálicos", toda vez que su defensa ha aportado "pasajes de avión de ida y vuelta a Pontevedra de los días 25 y 28 de noviembre de 2021 y una contundente declaración testifical afirmando que se encontraba en la fecha de los hechos en dicha ciudad".
LA HERMANA DE PAQUI MAQUEDA
De otro lado, la sentencia señala "el extraordinario parecido físico, convenientemente potenciado para el acto del juicio, entre la denunciada y su hermana gemela y también testigo Gracia Maqueda Fernández, quien afirmó ser ella misma la que aparece en las imágenes del video y la que se encontraba en el lugar de los hechos", lo que "genera una duda razonable sobre la verdadera autoría, toda vez que no obra en la causa un atestado o parte de intervención policial que verifique la participación de esta segunda interviniente".
Dado el caso, Cristina Honorato resultaba condenada por un delito leve de coacciones y otro delito leve de daños, a sendas multas que suman 720 euros y a indemnizar a Vox con 185 euros por los daños y para la restitución de la lona atacada, mientras Paqui Maqueda resultaba plenamente absuelta.