Borbolla y el alcalde de Cazalla (Sevilla) se declaran "inocentes" en el juicio de los ERE del corcho

Ángel Rodríguez de la Borbolla a su llegada a la Audiencia
Ángel Rodríguez de la Borbolla a su llegada a la Audiencia - Eduardo Briones - Europa Press
Publicado: miércoles, 16 marzo 2022 13:07

El tribunal admite que Viera y Fernández testifiquen con sus abogados ante la "esquizofrenia procesal" derivada de las macrocausas

SEVILLA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

El exalcalde socialista de Cazalla de la Sierra Ángel Rodríguez de la Borbolla y el actual primer edil del municipio, Sotero Manuel Martín Barrero, han manifestado este miércoles ante la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla que se consideran "inocentes" de los cargos que se les achacan en el juicio por las ayudas autonómicas a empresas del sector del corcho, como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, con la que eran sufragados los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos e incluso innecesarios y subvenciones arbitrarias.

En la fase de cuestiones previas, el tribunal ha accedido a la petición de alterar el cronograma inicial del juicio, al objeto de permitir a petición de las defensas que los acusados pudiesen prestar declaración después de la práctica de las pruebas testificales y periciales previstas, pues según el tribunal ello implica "mayor garantía en el derecho de defensa" y la "decimonónica" Ley de Enjuiciamiento Criminal "no lo impide".

Los acusados, recordémoslo, son Ángel Rodríguez de la Borbolla, --hermano del expresidente socialista de la Junta José Rodríguez de la Borbolla y exalcalde de Cazalla de la Sierra por el PSOE--, por su papel de socio mayoritario, administrador único o apoderado de las empresas investigadas; el actual alcalde de Cazalla, Sotero Manuel Martín Barrero, como partícipe del capital societario y de los órganos de administración de varias de las empresas; el coadministrador de las empresas Rogelio B.M.; un empresario portugués administrador de hecho de varias de las entidades, identificado como Fernando Pedro M.O.; y un responsable bancario identificado como Gerardo C.E.

En conjunto, el caso abarca las ayudas concedidas entre 2001 y 2007 por importe de 8.408.096,42 euros a este grupo de empresas, "prescindiendo absolutamente de los principios y procedimientos legalmente establecidos para ello, sin fiscalización, justificación ni control previo, y, en definitiva, de forma fraudulenta y arbitraria", según la investigación.

El tribunal también ha accedido a que los acusados puedan ausentarse de determinadas sesiones del juicio, que se prolongará hasta mayo según lo previsto, por motivos acreditados y siempre que ellos mismos manifiesten no ver mermado su derecho de defensa.

SE DECLARAN "INOCENTES"

A continuación, todos y cada uno de los cinco acusados han comparecido brevemente ante el tribunal, para manifestar en todos los casos que conocen los escritos de acusación de la Fiscalía, la Junta de Andalucía y el PP andaluz, declarándose uno por uno "inocentes" de los cargos que se les atribuyen, expresando su deseo de prestar declaración como encartados tras la celebración de las pruebas testificales y periciales y optando por no asistir a las sesiones de la vista que consideren oportunas.

Y es que por ejemplo en el caso de Sotero Manuel Martín, el mismo ha recordado las "responsabilidades" que ha de atender diariamente como alcalde de Cazalla de la Sierra, localidad que dista más de 80 kilómetros de Sevilla capital.

En paralelo, y en el marco de las cuestiones previas, el tribunal ha accedido a que testifiquen "como testigos con garantías de defensa", acompañados de sus abogados, los exconsejeros socialistas de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández, quienes están llamados a comparecer el día 5 de abril.

A tal efecto, recordemos que en el auto de procedimiento abreviado dictado en 2019 por el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, con relación a esta pieza separada de la macro causa de los ERE, el magistrado determinó la imposibilidad de "depurar responsabilidad penal ni continuar el procedimiento" contra Viera y Antonio Fernández, al figurar los mismos ya como encausados en la pieza principal del "procedimiento específico" mediante el cual eran canalizadas las ayudas indagadas.

LA SENTENCIA DEL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO

En esa pieza, recordémoslo, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla condenó a 19 de los 21 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía juzgados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los citados exconsejeros.

Según rememoraba Vilaplana en ese auto, los citados exconsejeros "ya habrían sido encausados por la perpetración de aquellos (hechos) en la causa del denominado procedimiento específico", siguiendo así "el criterio a tal efecto establecido" por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial "que confirma la exclusión de la presente causa de los anteriormente citados", en alusión al principio 'non bis in ídem', por el que una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos.

En ese sentido, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha señalado la "esquizofrenia procesal generada" por la comparecencia como testigos de personas afectadas "como investigados o acusados" en otro procedimiento judicial relacionado con los hechos ahora sometidos a juicio. Empero, el presidente del tribunal ha recordado que "lo que manifiesten como testigos no puede ser usado en su contra".

Y es que el Tribunal Supremo tiene fijada para los días 4 y 5 de mayo la vista destinada a revisar los recursos de casación interpuestos contra la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla relativa al "procedimiento específico" mediante el cual eran canalizadas las ayudas.

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