SEVILLA, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -
El juez de la plaza número 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra un total de cinco investigados, entre ellos el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera y dos 'intrusos', en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) centrada en la concesión y el pago presuntamente ilícitos de ayudas por un importe total de 5.276.694 euros a la mercantil Aesea Brown Boberi SA, que forma parte de un grupo multinacional (Grupo ABB) dedicado a la fabricación, venta e instalación de productos de ingeniería eléctrica y automatización.
En un auto fechado el día 27 de mayo, facilitado por la Oficina de Comunicación del TJSA, el magistrado toma esta decisión "por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos" de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.
De este modo, el instructor acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado contra el ex alto cargo de la Junta, dos 'intrusos' (beneficiarios irregulares de las ayudas) y dos directivos de la mediadora Vitalia, mientras que también acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra otros tres investigados al considerar que "no hay motivos suficientes para atribuirles participación" en la comisión de los delitos investigados y al no encontrarse en la causa "indicios sólidos que permitan atribuirles participación --relevante penalmente-- en los hechos por los que se procede".
En concreto, el magistrado pone de manifiesto que "no existen indicios suficientes" de que dos de los investigados, representantes de la empresa, "participaran en la génesis, gestión y obtención de las disposiciones ilícitas de fondos públicos objeto de las presentes actuaciones", subrayando que "de lo actuado se desprende que los directivos del Grupo ABB no participaron en la gestión de las ayudas ilícitas por las que se procede, sin perjuicio de encontrarse informados de las gestiones que a tal efecto estaban llevando a cabo los representantes de los trabajadores, en particular" el presidente del comité de empresa, que es uno de los investigados contra los que el juez sí acuerda continuar el procedimiento.
'SUBVENCIONES PÚBLICAS'
"El Grupo ABB planificó y pactó con los trabajadores afectados" por dos ERE "su propio plan de prejubilaciones, autónomo e independiente respecto del diseñado por la Dirección General de Trabajo, y que aquéllos habían aceptado y asumido como forma de extinción de su relación laboral con la empresa", argumenta el juez, que alude a la declaración prestada por uno de los directivos de Vitalia investigados, quien "reconoce que el compromiso de la empresa era exclusivamente el de financiar las prejubilaciones de los afectados por los ERE hasta los 62 años (con el 90 por ciento del sueldo)".
De este modo, "a partir de ahí, los trabajadores gestionaron con la Administración ampliar la prejubilación hasta los 65 años, lo cual se infiere asimismo de la declaración testifical de trabajadores del Grupo ABB y miembros del comité de empresa". El juez explica en el auto que el objeto de esta pieza separada del caso ERE "lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas sociolaborales excepcionales facilitadas y abonadas desde el año 2003 al 2010 por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía vinculadas con la reestructuración laboral" del Grupo ABB, ascendiendo el importe de estas "subvenciones graciosamente concedidas por la Junta" a la suma, al menos, de 5.276.694 euros.
Al hilo, el magistrado precisa que estas ayudas habrían tenido por objeto, "fundamentalmente, financiar la particular cobertura económica de los extrabajadores del Grupo ABB afectados" por dos ERE concretos, a partir de que cumplieran los 62 años de edad, "mediante la formalización de un seguro de rentas, incluyéndose también en dicho aseguramiento a algunos "trabajadores" que no estaban afectados por los ERE descritos y/o ni siquiera tenían relación laboral con la empresa al tiempo de su inclusión como beneficiarios de aquél".
Así, y según prosigue el instructor, "se habría conseguido el otorgamiento de unas supuestas "subvenciones" públicas, de forma arbitraria e injusta, financiadas con fondos de la Junta de Andalucía; subvenciones que habrían gestado y concertado con los altos cargos de la Administración concedente (...) mediante negociaciones verbales, al margen de cualquier atisbo de publicidad, y de espaldas del procedimiento legalmente establecido".