Condenado un quiromasajista de Sevilla por lesiones e intrusismo, según el Colegio de Fisioterapeutas

Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla
Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla - Joaquin Corchero - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 27 octubre 2022 18:47

SEVILLA, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo penal número nueve de Sevilla ha condenado a tres meses de prisión y año y medio de inhabilitación a un quiromasajista por un delito de lesiones, tras una "indebida" manipulación vertebral a una paciente que acudió a su centro aquejada de una contractura cervical y a la que provocó un ictus cerebeloso, según asegura el Colegio de Fisioterapeutas de Andalucía.

Asimismo, según la entidad, la sentencia lo condena a ocho meses de multa como autor de un delito de intrusismo, al considerarse probado que efectuaba funciones sanitarias propias de fisioterapeuta, sin contar para ello con el correspondiente título universitario.

Según la sentencia, asegura el Colegio, el acusado, B.M.R. realizó "un masaje y una manipulación vertebral, es decir, una actividad reservada a los fisioterapeutas, sin previo diagnóstico ni análisis de documentación médica, y sin que tuviera la capacitación profesional reconocida por el correspondiente título para actuar en consecuencia".

La jueza considera acreditado que el quiromasajista ahora condenado "realizó a la denunciante una indebida manipulación vertebral, que le provocó lesiones consistentes en ictus cerebeloso y desgarros en ambas arterias vertebrales, precisando la instauración de tratamiento médico, y tardando 150 días en sanar, todos ellos impeditivos y 9 días de hospitalización, además de secuelas funcionales". Además, subraya la sentencia que esta intervención se realizó "con conocimiento de que se trataba de actos reservados a profesión médica".

En conclusión, la sentencia considera probado que "la conducta del acusado integra los requisitos del delito de intrusismo tipificado y penado en el artículo 403 inciso primero del Código Penal, en cuanto procedió al diagnóstico de una dolencia sin poseer el correspondiente título académico, y a la posterior manipulación cervical, actuación propia y reservada exclusivamente a los fisioterapeutas y por ello expresamente vedadas a un quiromasajista", titulación profesional con la que contaba el acusado.

El presidente del Colegio de Fisioterapeutas, Juan Manuel Nieblas, ha subrayado la "importancia" de estas condenas, ya que con ellas "se preserva la salud de los ciudadanos y se evita que personas sin la titulación ni conocimientos suficientes la pongan en riesgo". Nieblas ha subrayado que "solo los profesionales sanitarios garantizan al acceso a una sanidad con plenas garantías".

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