Facua valora la sanción de 50.000 euros a Vodafone por la Agencia Española de Protección de Datos

Actualizado: lunes, 24 marzo 2014 11:48

SEVILLA, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

Facua-Consumidores en Acción ha valorado este lunes la sanción de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de 50.000 euros a Vodafone por incluir "ilegalmente" a un socio de Málaga en el fichero de morosos de Asnef.

En una nota, Facua ha apuntado que José Velasco contrató un paquete de telefonía fija + ADSL con Vodafone a un comercial que los visitó en su domicilio. Sin embargo pasados dos meses desde la formalización del contrato, seguían sin contar con esos servicios.

Rosa Artacho, la mujer del afectado, según señala Facua, llamó a Vodafone para solicitar la cancelación del servicio que nunca les prestaron, y "aún así la operadora le facturó una penalización de 177 euros por supuesto incumplimiento de contrato". Ante esto, la usuaria le pidió a su entidad bancaria que devolviese el recibo y acudió a la organización de consumidores para denunciar el caso.

Artacho no entiende "cómo pueden cobrar 177 euros por un servicio que no han dado, no recibimos en casa el router". Además la afectada insiste en que "no se preocuparon de comprobar que llevábamos dos meses esperando la ADSL, no volvieron a visitarnos, nos sentimos engañados".

La socia había recibido en su domicilio dos cartas de Vodafone. En una de ellas, fechada el 28 de marzo de 2012, le comunicaban que incluirían en un fichero de morosos a su marido José Velasco, y en la otra, emitida el 2 de abril de 2012 confirmaban que ya la habían hecho el 29 de marzo de 2012.

Facua-Málaga realizó las reclamaciones pertinentes y denunció el caso ante la Agencia Española de Protección de Datos que consideró que "queda acreditado que Vodafone procedió a incluir los datos de carácter personal del usuario, a pesar de contar con un plazo no inferior a 30 días para efectuar el pago, es decir incluyó los datos del afectado en los denominados ficheros de morosidad Asnef-Equifax un día después del requerimiento del pago de la deuda de 177 euros".

Tras la denuncia de la asociación, la AEPD emitió una resolución por la que acordó sancionar a Vodafone como autora de una infracción grave con un importe de 50.000 euros.

Facua ha recordado que lleva a cabo la campaña #yonosoymoroso en la que anima a los usuarios a denunciar a las empresas que reclamen el pago de deudas fraudulentas. Los consumidores tienen a su disposición un formulario de reclamación para exigir a las autoridades sanciones ante este tipo de prácticas.

La Agencia Española de Protección de Datos, indica que tal y como la ley señala los datos de un cliente sólo podrán ser incluidos en ficheros de morosos, si hay "existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada". Además, según el artículo 4.3 de la LOPD deben ser "exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado, siendo los responsables de los ficheros quienes responden del cumplimiento de esta obligación".

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