SEVILLA 23 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Sevilla se ha pronunciado en contra de conceder el indulto al ex secretario del Distrito Macarena José Marín, en prisión desde el pasado día 7 de abril tras la condena de cuatro años y tres meses de prisión que le fue impuesta en último término por el Tribunal Supremo (TS) como responsable de sendos delitos de malversación y falsedad documental al beneficiarse del cobro de obras no ejecutadas en dicho distrito de Sevilla.
Conviene recordar que fue el pasado mes de noviembre cuando el círculo familiar del ex secretario del Distrito Macarena presentó ante la Audiencia Provincial de Sevilla una petición de indulto, tras todo lo cual la Sección Cuarta incoó el expediente preceptivo para estudiar si lo concede o no y notificó la petición a las partes personadas en el procedimiento, en este caso el PA y la Fiscalía, así como a los "perjudicados", que según las fuentes consultadas por Europa Press podría ser el propio Ayuntamiento hispalense, para que se pronunciaran.
Pues bien, fuentes de la Fiscalía han informado a Europa Press de que, en un informe elevado el pasado día 7 de diciembre a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, el Ministerio Público se opone al indulto solicitado por José Marín al entender que el buen comportamiento en la cárcel --argumento éste defendido por la representación jurídica del condenado-- "no es motivo" para pedir el referido indulto, tal y como publica en su edición de este jueves 'El Correo de Andalucía'.
De este modo, la Fiscalía recuerda en su escrito que el jurado popular que enjuició el caso se opuso en su momento a solicitar el indulto al Gobierno, añadiendo además que el indulto "no es una medida supletoria" cuando a un condenado, como ha ocurrido en este caso, se le niega sustituir la pena de cárcel por el pago de una multa. Las fuentes han aclarado que, una vez ya se han pronunciado tanto la Fiscalía como la acusación particular, ambas en contra, la Audiencia deberá emitir un informe que elevará al Ministerio de Justicia para que, desde el Consejo de Ministros, se tome una decisión al respecto.
Fuentes de la representación jurídica del PA ya indicaron a Europa Press que se han opuesto al indulto debido a que Marín "no ha satisfecho las responsabilidades pecuniarias establecidas, no existen indicios de arrepentimiento y goza de beneficios penitenciarios", pues actualmente se beneficia del segundo grado en la cárcel de Sevilla I donde permanece ingresado. Estas mismas fuentes han explicado que, en el escrito, se añade además que "la condena fue ajustada a derecho y se aplicaron además en su grado mínimo", y recuerda que el jurado popular que enjuició el caso se opuso en su momento a solicitar el indulto al Gobierno.
JOSÉ PARDO, TAMBIÉN CONDENADO
Por este mismo caso, la Audiencia Provincial condenó a tres años y nueve meses de cárcel al contratista José Pardo como responsable de sendos delitos de malversación y falsedad documental al beneficiarse del cobro de obras no ejecutadas en dicho distrito de Sevilla, aunque por el momento no ha entrado en prisión tras recurrir el auto de la Audiencia Provincial que ordenaba su ingreso en la cárcel.
Así, el magistrado que presidió el jurado, Francisco Gutiérrez, rechazó el recurso de súplica presentado por el letrado de José Pardo contra el auto del pasado 28 de abril, en el que el propio magistrado ya denegó la petición de sustituir la pena de 21 meses de prisión correspondiente al delito de falsedad documental por el pago de una multa, argumentando para ello que su trayectoria delictiva "denota peligrosidad y falta de estímulos reinsertadores de las condenas sufridas".
El abogado de Pardo alegó entonces que "el historial delictivo del condenado no debe tenerse en cuenta, pues las penas están canceladas; que no se ha abonado íntegramente la indemnización --5.901 euros que debía pagar al Ayuntamiento-- porque tiene escasos ingresos; que su estado de salud es deficiente al haber sufrido dos infartos de miocardio; que trabaja en un despacho de abogados de Badajoz, y que lo importante para la colectividad es que restituya lo defraudado, siendo "accesorio" el cumplimiento de la pena de prisión.