Invercaria niega la existencia de 'intrusos' o trabajadores 'fantasma' y lamenta el "lenguaje subjetivo" de la Policía

Actualizado: jueves, 26 junio 2014 17:49

SEVILLA, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

La sociedad pública de inversión en capital riesgo de la Junta de Andalucía Invercaria ha negado "de manera tajante" la conclusión a la que llega el último informe emitido por el Grupo de Blanqueo de Capitales de la Policía Nacional sobre el pago de indemnizaciones y finiquitos en la empresa, de forma que Invercaria niega la existencia de trabajadores 'fantasma' o 'intrusos' en la empresa.

Asimismo, Invercaria ha mostrado su "disconformidad" con los términos utilizados por el Grupo de Blanqueo de Capitales en el informe, ya que considera que el uso de términos como 'trabajadores fantasma' o 'condonación de préstamos' "atiende a un lenguaje subjetivo, no preciso que puede inducir a interpretar de manera incorrecta los hechos que se produjeron".

Segun indicaron fuentes de Invercaria en un comunicado remitido a Europa Press, la "coincidencia" en el período de trabajo a la que alude el informe de la Policía --período que abarca desde 1 de noviembre de 2005 hasta el 10 de octubre de 2007-- se debe a que Cristóbal Cantos "desempeñaba sus funciones en las instalaciones de Invercaria", mientras que Juan María González Mejías "lo hacía en el Observatorio de Innovación, perteneciente a la Consejería de Economía".

Invercaria ha aludido al Tribunal de Cuentas en el informe definitivo que emitió el 25 de septiembre de 2013, en relación con la "existencia de trabajadores de Invercaria que no desarrollaban su trabajo en la sede de la empresa" según la Cámara de Cuentas, donde el Tribunal apuntaba que "no se trata de ninguna irregularidad, puesto que el mencionado Observatorio carecía de personal propio y sus plantillas se integraban por empleados de distintas entidades de la Consejería, retribuyéndose sus trabajos con fondos públicos sin que conste que hayan recibido otros emolumentos distintos a los satisfechos por la empresa pública".

Las fuentes han recordado que, por otro lado, en alusión a los denominados 'préstamos' que recibía el personal de Invercaria, la jurisprudencia laboral "fija que los préstamos al personal laboral sin interés que se compensan con salarios, como es este caso, no son considerados préstamos sino anticipos de salario, es decir se abonan descontando de la nómina la cantidad estipulada; son, por lo tanto, meros anticipos a cuenta".

Han agregado que estos anticipos "no estaban reservados únicamente para directivos, sino que podían ser solicitados por cualquier trabajador de Invercaria".

Por todo ello, Invercaria ha reiterado su "disconformidad" con los términos utilizados por el Grupo de Blanqueo de Capitales en el informe elaborado, ya que considera que el uso de términos como 'trabajadores fantasma' o 'condonación de préstamos' "atiende a un lenguaje subjetivo, no preciso que puede inducir a interpretar de manera incorrecta los hechos que realmente se produjeron".