Junta pide a PP-A que se "disculpe" y deje de utilizar a los empleados públicos tras la sentencia del TC

Actualizado: martes, 1 diciembre 2015 15:00

SEVILLA, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Junta ha reclamado este martes al PP-A una "rectificación, disculpas, que abandone la confrontación y que deje de utilizar a los empleados públicos andaluces", tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que desestima el recurso interpuesto por el Partido Popular contra la Ley de Reordenación del Sector Público de Andalucía.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el portavoz, Miguel Ángel Vázquez, ha informado de que la la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero, ha presentado un informe sobre dicha sentencia, que ha demostrado que el PP estaba en una "maniobra partidista" y que solo perseguía el "desgaste" del Ejecutivo.

Ha indicado que con este asunto ha ocurrido igual que con el tema de la adjudicación de la explotación de minas de Aznalcóllar (Sevilla): "acusaciones falsas, palabras gruesas y la política de la insidia" que practica el PP".

A su juicio, ya es hora de que el Partido Popular "rectifique y haga política con mayúsculas", después de que el TC haya emitido una sentencia que desmonta todos sus "argumentos" y que da la razón a la Junta. Ha señalado que hoy se sabe que el PP promovió movilizaciones de empleados públicos "sin fundamento jurídico" y que los utilizó el plena campaña electoral "como un elemento más de su estrategia electoral".

María Jesús Montero recuerda en el informe que ha llevado al Consejo de Gobierno que el fallo respalda la norma andaluza porque "no altera la reserva al personal funcionario de las funciones relacionadas con el ejercicio de potestades públicas o las salvaguardas de los intereses generales que establece la norma básica estatal". Apunta que tampoco vulnera los principios de seguridad jurídica ni de igualdad de los empleados públicos.

El TC desestima, en primer lugar, la impugnación realizada contra la totalidad de la ley de reordenación. Según señala la sentencia dictada el pasado 19 de noviembre, no hay vacío de funciones de los servicios centrales y periféricos de la administración de la Junta, que era el argumento alegado por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso al presentar su recurso.

Es más, según la Junta, el fallo deja claro que el Estatuto de Autonomía de Andalucía consagra un concepto amplio de administración, sin limitaciones a la naturaleza y funciones de las entidades instrumentales, por lo que el modelo organizativo que el PP defiende y considera vulnerado "no es el único posible".

Asimismo, añade que el TC también rechaza la impugnación contra artículos concretos de la ley, recordando que Andalucía tiene competencia exclusiva sobre organización y autogobierno lo que "supone un amplio margen de maniobra para concretar y conciliar los principios de actuación".

Según la Junta, en la sentencia se estipula que "no se altera la reserva al personal funcionario de las funciones relacionadas con el ejercicio de potestades públicas o las salvaguardas de los intereses generales que establece la norma básica estatal", al tiempo que considera válida la adscripción funcional de estos empleados a las agencias públicas empresariales, precisamente para que puedan realizar estas tareas. Según aclara el fallo, esta adscripción no constituye un supuesto de movilidad forzosa, ni conlleva la pérdida de la condición de funcionario.

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