El Pleno de constitución de Valencina (Sevilla) se celebra el viernes tras aplazarse por los recursos por los votos

Publicado: jueves, 4 julio 2019 12:37

SEVILLA, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de constitución del Ayuntamiento del municipio sevillano de Valencina de la Concepción se celebrará este viernes, después de que tuviera que ser aplazado el día 15 de junio como consecuencia de los recursos presentados a cuenta de la legalidad de varios votos.

Según el orden del día, recogido por Europa Press, la sesión plenaria comenzará a las 9,00 horas con la constitución de la Mesa de Edad y la comprobación de credenciales, tras lo que se dará cuenta del arqueo extraordinario y del inventario municipal por parte del secretario general local. A continuación, tomarán posesión los concejales electos y se constituirá el Ayuntamiento, procediendo después a la elección del alcalde y a su toma de posesión.

Esta corporación local no pudo quedar constituida el día 15 de junio al estar a la espera de la resolución del recurso presentado por el PSOE, que fue finalmente desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), contra las resoluciones de la Junta Electoral de Zona (JEZ) y la Junta Electoral Central (JEC) que validan dos votos del PP inicialmente anulados en el escrutinio de las elecciones municipales.

Los dos votos del PP fueron en principio anulados por sus respectivas mesas electorales, al presentar rasgaduras, pero al ser validados por la JEZ y por la JEC se produjo un empate a 1.580 sufragios entre el PSOE y el PP, que fue saldado con una moneda al aire que otorgaba al grupo del popular Ramón Peña el sexto concejal en liza.

El TSJA entendió que el roto de las papeletas "muestra su compatibilidad con una rasgadura accidental" y que la extralimitación denunciada por el PSOE respecto a la JEZ al validar los votos no es tal, ya que afirma que "ha actuado dentro de sus atribuciones" y que la decisión fue "ratificada íntegramente" por la JEC.

Cabe recordar que la resolución de la Junta Electoral Central acumulaba las impugnaciones tanto del PP como del PSOE contra las decisiones iniciales de la JEZ.

El PP pedía anular un voto del PSOE, dado que en la papeleta estaban "señalados con un guión algunos de los integrantes de la candidatura", tres en total, lo que a juicio del PP suscitaría "dudas acerca de la intencionalidad que el elector ha querido manifestar a través de dicho acto". Al respecto, la JEC considera que en las marcas "no se manifiesta reproche alguno a los candidatos, ni tienen entidad suficiente para entender alterada la configuración de la papeleta".

En el caso del recurso del PSOE, aludía a dos "papeletas rasgadas" y favorables al PP declaradas inicialmente nulas por las respectivas mesas electorales pero después validadas por la JEZ merced a un recurso del PP, con lo que al elevar el asunto a la JEC, los socialistas reclamaban "aplicar la regla de inalterabilidad" en demanda de que ambos votos volviesen a ser considerados nulos.

Respecto a una de las papeletas, la JEZ exponía que "se encuentra rasgada con una trayectoria que permite confirmar que dicho rasgado es producto de la apertura del sobre, tal y como expone el informe de la presidenta de la Junta Electoral de Zona", con lo que "al no concurrir el elemento intencional y no cumplirse el requisito de la LOREG respecto a que la alteración no sea accidental, procede desestimar la pretensión en lo referido a dicha papeleta, y, en consecuencia, confirmar la validez del voto emitido".

En cuanto a la papeleta restante, la JEC planteaba que "figura en el expediente la declaración del vocal que abrió dicho sobre" con el testimonio de que "no podría asegurar que no se hubiera roto el voto al sacarlo y que él mismo creyó que el voto se rompió al sacarlo", a lo que se agrega una "posterior declaración jurada ante notario del citado vocal, en la que indica que uno de los sobres se le rompió al abrirlo, rasgando también la papeleta que estaba dentro, papeleta que correspondía al PP".