Los préstamos para las viviendas en venta del Plan Concertado serán al 80% y se deberán aprobar o denegar en dos meses

Actualizado: viernes, 14 noviembre 2008 18:38

El convenio entre Junta y las entidades financieras contempla la creación de un grupo de trabajo para elaborar un manual de gestión de las ayudas financieras del Plan

SEVILLA, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los préstamos para las viviendas en venta incluidas en el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 tendrán una cuantía máxima del 80 por ciento del precio máximo de venta o adjudicación fijado en la calificación provisional de vivienda protegida y la entidad financiera tendrá un plazo de dos meses para aprobar o denegar la operación de concesión del préstamo desde la recepción de la documentación "salvo circunstancias especiales".

Según el borrador de convenio entre la Junta y las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas recogidas en el Plan Concertado, al que tuvo acceso Europa Press, merced a este acuerdo, que será suscrito el próximo miércoles con las 31 entidades firmantes del Pacto Andaluz por la Vivienda, en un acto presidido por el presidente de la Junta, Manuel Chaves, las entidades firmantes se comprometen a conceder préstamos a solicitantes y promotores que se acojan a los programas de viviendas de iniciativa municipal y autonómica, viviendas protegidas en alquiler con opción a compra para jóvenes, transformación de infravivienda, rehabilitación autonómica, rehabilitación individualizada de vivienda, rehabilitación de edificios, rehabilitación singular y actuaciones autonómicas de suelo a urbanizar para su incorporación al Patrimonio Municipal de Suelo.

Además, las entidades firmantes se comprometen a conceder préstamos a solicitantes cuya petición sea formulada para financiar actuaciones reguladas en el Plan Estatal de Vivienda y que no hubieran obtenido financiación con cargo al convenio estatal por haberse agotado el cupo asignado a la comunidad para el programa en cuestión. Esta concesión de crédito requerirá de un reconocimiento por parte de la Junta y reunirá las mismas condiciones y conllevará las mismas obligaciones para las entidades financieras que se fijen en los convenios suscritos con el Ministerio de Vivienda.

En cuanto a las características de los préstamos, el tipo de interés será "el mismo acordado para la financiación de actuaciones acogidas al Plan Estatal, recogido en los convenios que se suscriban entre el Ministerio y las entidades de crédito".

Los préstamos tendrán una garantía "preferentemente hipotecaria", aunque no será preceptiva en los programas de transformación de infravivienda, los diversos programas de rehabilitación y los programas en materia de suelo residencial.

La cuantía máxima de los préstamos para las viviendas en venta será del 80 por ciento del precio máximo de venta o adjudicación fijado en la calificación provisional de VPO, y cuando se trate de préstamos para promociones en alquiler, la cuantía máxima del mismo será del 80 por ciento del precio máximo de referencia fijado en cada programa, mientras que la cuantía máxima en los préstamos al promotor de urbanización y adquisición de suelo "será igual al 15 por ciento del precio máximo de venta de las viviendas de precio general en el momento de la calificación de actuación protegida en materia de suelo".

El plazo de amortización para la promoción y adquisición de las viviendas podrá alcanzar los 25 años "o ser mayor, previo acuerdo con la entidad prestamista". Estos préstamos tendrán un período máximo de carencia de tres años desde su formalización cuando se concedan a promotores, un plazo que se podrá ampliar a cuatro años cuando el promotor lo solicite, de acuerdo con la entidad prestamista y sea autorizado por la Delegación Provincial de Vivienda.

El plazo de amortización para las actuaciones protegidas incluidas en los programas en materia de suelo será de cuatro años y un máximo de ocho para los casos de adquisición de suelo para su incorporación a los patrimonios públicos de suelo.

VISTO BUENO DE LA JUNTA

Este convenio contempla que la Consejería de Vivienda deberá dar su conformidad de forma previa y como condición a la formalización de la concesión de préstamos, teniendo 15 días hábiles para dar conformidad a los préstamos, desde la recepción de las comunicaciones que le dirija la entidad de crédito.

Por su parte, la entidad financiera tendrá dos meses de plazo para aprobar o denegar la operación, desde la recepción de la documentación, "salvo que concurran circunstancias especiales" y en caso de denegación la entidad deberá comunicar los motivos de dicha negativa.

El convenio recoge que la entidad financiera deberá notificar a la Junta "mediante soporte informático" la formalización del préstamo en los 15 días siguientes a dicha concesión y obliga a recoger dentro del contenido de la escritura de concesión del préstamo que "no se ha aplicado ni se aplicará ninguna comisión por este préstamo", además de incluir que en caso de amortización parcial del crédito, el importe mínimo será de 1.500 euros.

Este documento además recoge la participación económica comprometida por las entidades de crédito, cifradas, según ya apuntó el Pacto Andaluz por la Vivienda firmado a finales del pasado año, en 9.550 millones de euros.

SUBVENCIONES Y SUBSIDIACIONES

Este convenio además incluye subsidiaciones y subvenciones a adjudicatarios de vivienda y a los promotores, "que las entidades financieras se comprometen a descontar de las cuotas de amortización de capital e intereses del préstamo" y a "satisfacer las ayudas concedidas", para lo que la Junta hará entrega da la entidad de crédito de las cantidades de las subvenciones y subsidiaciones, efectuando el pago en una cuenta específica habilitada en cada entidad.

El convenio establece subsidiación a los adjudicatarios de VPO, cuya concesión se realizará una vez visados los contratos de compraventa o adjudicación y habrá un plazo de seis meses para informar sobre la concesión de la ayuda, por el importe correspondiente a los cinco primeros años. El convenio apuntó que en el caso de que el importe total de la subsidiación superen los 6.050 euros, el abono se hará en dos pagos. Además se podrá solicitar una prórroga de la subsidiación autonómica de la cuota del préstamo.

También habrá subvenciones a los adquirientes de VPO, que se resolverá también en seis meses y en los casos en que el importe sea superior a 6.050 euros, se abonará un primer pago equivalente al 75 por ciento de la subvención y un segundo pago con el 25 por ciento restante. Asimismo se contempla la subsidiación de los préstamos a los promotores, que se resolverán en un máximo de tres meses y cuyo abono se hará por anualidades.

GRUPO DE TRABAJO Y COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Por último, las partes firmantes se comprometen a crear un grupo de trabajo que elaborará un Manual para la Gestión de las Ayudas Financieras del Plan Concertado y la correspondiente aplicación informática "que facilite la tramitación y el intercambio de información entre la Junta y las entidades de crédito".

Además, se establecerá una comisión de seguimiento, que, entre otros cometidos, resolverá las incidencias en el desarrollo del Plan y efectuará el seguimiento del mismo, y que estará presidida por el director general de Vivienda y Arquitectura de la Consejería de Vivienda, Rafael Pavón, con dos vicepresidencias que serán los titulares de las direcciones generales de Política Financiera y de Tesorería y Deuda Pública, ambas de la Consejería de Economía y Hacienda. Además, como vocales habrá un representante de cada una de las tres direcciones generales citadas, un representante del Instituto de Crédito Oficial, tres de la banca privada, uno de la Federación Andaluza de Cajas de Ahorros, otro de las cajas rurales andaluzas y un representante de las cajas no andaluzas.