VILLAVERDE DEL RIO (SEVILLA), 25 (EUROPA PRESS)
El concejal de IU en el Ayuntamiento de Villaverde del Río (Sevilla) y portavoz municipal de su agrupación, Santiago Jiménez, dijo hoy "no alegrarse" de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla que inhabilita por siete años al aún alcalde del municipio, Rufino Campos (PSOE), por un delito de prevaricación, al tiempo que culpó al pacto entre PSOE y PP de la actual situación de enfermedad del regidor, de baja por depresión.
En declaraciones a Europa Press, Jiménez manifestó que la "única valoración" que IU hace de la sentencia es, "como no puede ser de otra forma", desde un ámbito político, "ya que de ningún modo nos vamos a alegrar de que una persona sea condenada, aunque pertenezcamos a la oposición".
En este sentido, el edil especificó que, además, "la sentencia no cambia mucho la situación, puesto que el alcalde se encuentra de baja por depresión, sin ostentar efectivamente la alcaldía, y él ya ha dejado claro a nivel interno su interés por retirarse de la política municipal".
Jiménez, al respecto, expuso que la culpa de la actual situación personal del alcalde, en relación a su enfermedad, la tiene el pacto "insostenible" entre PSOE y PP, "un auténtico fiasco que le creó a Campos una presión enorme".
Por ello, el concejal concluyó al decir que IU "no se encarnizará" con el alcalde solicitando la adopción de medidas inmediatas, puesto que "ni Rufino fue el que creó el pacto ni él es el principal estandarte del PSOE en la localidad". "El único interés real de IU en Villaverde es conseguir que los trabajadores tengan infraestructuras y servicios", añadió.
La pena solicitada por el Ministerio Fiscal para Campos, con motivo de la no adjudicación de una vivienda a una ciudadana argentina, ascendía a nueve años de inhabilitación, pero ha resultado inferior al considerar prevaricación sólo una de las tres actuaciones denunciadas al respecto de dicha adjudicación. Además, se rechazó imponer al primer edil de Villaverde la indemnización de 50.000 euros solicitada al entender que la acción prevaricadora penada "no causó --a la víctima-- los supuestos daños y perjuicios por la que se pedía dicha indemnización".