Sevilla.-Tribunales.-La Audiencia juzga mañana al ex alcalde de Salteras por supuesto maltrato y violación a su esposa

Actualizado: lunes, 20 marzo 2006 19:41

González-Eiris se declara "inocente" y se lamentó de no haber podido defenderse cuando fue juzgado "por un sector de la opinión pública"

SEVILLA, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla juzgará a partir de mañana al ex alcalde socialista del municipio sevillano de Salteras, Carlos González-Eiris, para quien el fiscal ha solicitado una pena de once años y medio de prisión por supuestos delitos de maltrato habitual y agresión sexual contra R.C.M., con quien contrajo matrimonio en junio de 1982. En principio la vista oral está señalada para las 10.00 horas y está previsto que continúe el miércoles, cuando el caso podría quedar visto para sentencia.

Según consta en el escrito de conclusiones provisionales del ministerio fiscal, al que tuvo acceso Europa Press, desde que el procesado contrajo matrimonio con R. C. M., la mujer era objeto de continuos insultos y vejaciones por parte de González-Eiris, con expresiones como "eres mi criada, tú lo que tienes es que limpiar y guisar que para eso te doy una buena nómina", "Tú tienes que hacer lo que yo te diga y ya estás callada" o "eres la fregona de la casa, limpia y cállate".

El fiscal señala también que, amén del maltrato psíquico que con dichas expresiones, "continuamente repetidas" supuestamente, sometía a la mujer a vejaciones continuadas que llevaron al deterioro de la relación y a que la mujer tomara la decisión en el verano de 1994 de no tener más relaciones sexuales con el procesado.

Sin embargo, el procesado, lejos de aceptar y respetar la decisión de la mujer, "accedía carnalmente a la misma, penetrándola con el empleo de la fuerza al inmovilizarla con su cuerpo, así como, cada vez que ésta le expresaba su deseo de no volver a mantener relaciones sexuales con él, la amenazaba --supuestamente-- con darle una paliza o internarla en su psiquiátrico si no accedía a sus pretensiones".

La situación, continuó el escrito, se mantuvo hasta mayo de 2001, fecha en la que la mujer tomó la decisión de separarse, algo que motivó supuestamente una mayor virulencia en la conducta agresiva de su entonces esposo, llegando a las agresiones físicas como la ocurrida, según el escrito, el 10 de mayo del mismo año, día en el que el procesado agarró por el cuello a la mujer; o la ocurrida el 18 de mayo, en la que la agarró también por el cuello chocándola contra la pared mientras amenazaba con matarla.

La decisión de separarse provocó asimismo, según recuerda el fiscal, otra serie de hechos que no son objeto de este procedimiento. De hecho, fuentes del caso explicaron en su día a Europa Press que el proceso que juzgará la Audiencia de Sevilla iría finalmente separado de otro que se sigue en el Juzgado de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) contra el ex alcalde por una presunta detención ilegal de R.C.M., pese a la petición de la acusación particular de que ambos procesos se unificaran. Pero el criterio del juzgado fue que se trataban de dos hechos no relacionados entre sí.

En cuanto al caso que verá la Audiencia, el fiscal concluyó que los hechos relatados son constitutivos de un delito de maltrato habitual --del antiguo artículo 153 del Código Penal, vigente en la fecha de los hechos--; una falta de malos tratos y otra de amenazas, así como de un delito continuado de agresión sexual, delito este último en el que el fiscal considera que concurre la circunstancia de parentesco como agravante.

Por todo ello, la acusación pública solicita una pena de un año y medio de prisión para el ex alcalde, con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por el delito de maltrato habitual. También, una multa de un mes con una cuota diaria de seis euros y otra de 20 días con la misma cuota por las faltas que se le imputan, con arresto sustitutorio en ambos casos en caso de impago. Por el delito de agresión sexual, el fiscal pide una pena de 10 años de prisión, con la accesoria de privación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas.

PROHIBICION DE ACERCAMIENTO

Además, se pide la prohibición de acercamiento del procesado a la víctima o a su lugar de residencia a menos de 200 metros durante cinco años, y que pague a la mujer 6.000 euros por los daños morales infligidos.

Por su parte, González-Eiris se declaró ayer inocente y aseguró que no aceptará ningún acuerdo previo al juicio de mañana por los supuestos delitos que se le imputan.

En un comunicado remitido a Europa Press, González-Eiris aseguró ser una persona "honrada, honesta y trabajadora", y se lamentó de no haber podido defenderse cuando fue juzgado "por un sector de la opinión pública hace cinco años".

"Ahora le toca el turno a la Justicia, que tendrá que decidir en derecho", continuó González-Eiris, que también se mostró orgulloso de que los vecinos de un pueblo como Salteras, "una localidad pequeña donde todo se sabe", le sigan "apoyando y dando su fuerza y aliento", lejos de creer, según dijo, "las mentiras" de su ex mujer.

El ex alcalde de Salteras manifestó que "el silencio mantenido durante estos cinco años se debe a que no hay mayor verdad que saberse inocente", así como al intento de impedir "que nada ni nadie les robara la juventud a mis dos hijos". Durante ese tiempo, González-Eiris padeció, según dijo, "la amarga lucha del inocente que se ve culpable en un juicio paralelo".

El acusado aseguró también en el comunicado que "no soy un maltratador ni lo he sido nunca" y rogó que "prevalezca el principio de presunción de inocencia", así como que no se le prejuzgue "por ser hombre".