La Fiscalía pide ocho años de inhabilitación para el exalcalde de Espartinas por el caso Da Fra

Publicado: viernes, 11 enero 2019 15:03

ESPARTINAS (SEVILLA), 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

En el marco de la causa que sigue el Juzgado Mixto número 3 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), por presuntos delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias y negociaciones prohibidas en las adjudicaciones del Ayuntamiento de Espartinas a la sociedad limitada Da Fra cuando el mismo era gobernado por el entonces popular Domingo Salado, la Fiscalía ha solicitado ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público para Salado, quien meses atrás abandonaba el PP y ha fundado un partido independiente para concurrir de nuevo como candidato a la Alcaldía en las elecciones municipales de 2015.

Es necesario remontarse al verano de 2017, para encontrar el momento en el que el juzgado decidió procesar en esta causa al que fuera alcalde de Espartinas por el PP Domingo Salado, al exgerente de la sociedad municipal Espartinas Desarrollo Local SA (Esdelsa) Juan Antonio Torrecillas y a su esposa por las adjudicaciones municipales a la sociedad limitada Da Fra Espartinas.

En ese sentido, como ha publicado ABC y han confirmado a Europa Press fuentes del caso, en el marco de este procedimiento judicial, la Fiscalía ha solicitado ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público para el exalcalde, reclamando además cuatro años de cárcel, seis de inhabilitación y una multa de 35.000 euros para el exgerente de Esdelsa y cuatro años de prisión y otra multa de 35.000 euros para la esposa del mismo.

En el auto de procesamiento emitido en 2017 por el Juzgado mixto número tres de Sanlúcar, recogido por Europa Press, se relataba que en el momento de ocurrir los hechos, Domingo Salado era alcalde de Espartinas y Juan Antonio Torrecillas gerente de las empresas municipales Esdelsa y Espartinas Global.

EL CASO DA FRA

Según la juez instructora del caso, la entidad Da Fra Espartinas se constituyó el 2 de marzo de 2011, siendo su única administradora la esposa de Juan Antonio Torrecillas y teniendo como objeto social la explotación de establecimientos relacionados con la hostelería y el mantenimiento y limpieza de zonas verdes y jardines.

En este sentido, relataba el auto de procesamiento que, por acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Espartinas, se adjudicó la explotación del restaurante del Parque del Sol a Da Fra, formalizándose el contrato el 12 de agosto de 2011 y debiendo la entidad satisfacer como precio del canon la cantidad de 28.000 euros anuales al Consistorio.

En ese sentido, juez asegura que, "con la intención de obtener un mayor rendimiento de la explotación del restaurante", Salado, Torrecillas y la esposa de este último, "idearon que el mantenimiento y limpieza del parque" en el que se ubica el restaurante fuese adjudicado también a Da Fra, abonando el Ayuntamiento a la empresa por estos trabajos "una cantidad similar al precio del canon, y de esta forma reducir el coste de la explotación, maximizando los beneficios".

"Hay que tener en consideración que los trabajos de limpieza y mantenimiento de los parques locales estaba encomendada a Espartinas Global, gestionada por Juan Antonio Torrecillas", remarcaba la juez instructora, detallando que el 24 de enero de 2012 se realizó una memoria justificativa de la externalización del mantenimiento del Parque Sol, estimando como precio adecuado la cantidad de 56.000 euros más IVA, a satisfacer en dos anualidades.

La juez afirmaba al respecto que "a iniciativa" del alcalde, se rectificó el proyecto rebajando el precio hasta llegar a la cantidad de 28.000 euros, de forma que el 13 de febrero de 2012 se realizó la propuesta de externalización por parte del primer edil, siendo las empresas invitadas Da Fra y otras dos entidades cuya participación era "aparente", ya que "no tenían la intención de participar para obtener la adjudicación, sino que fueron buscadas para dar apariencia de legalidad a la licitación".

Al hilo, señalaba la juez que "sólo se registró la solicitud" de Da Fra, de forma que "un día después de concluir el plazo de presentación se presentaron las solicitudes por las otras dos entidades invitadas", tras lo que el procedimiento siguió "con la única solicitud presentada dentro del plazo establecido".

"DEFICIENCIAS" EN EL PROCEDIMIENTO

El 30 de marzo de 2012, según el auto de procesamiento, el secretario general del Ayuntamiento informó al alcalde "de las deficiencias" en la documentación presentada por Da Fra y de que las normas que rigen el procedimiento de contratación "impedían la adjudicación a la empresa en tales circunstancias, informándose que debía tenerse por retirada a la entidad y proceder a realizar nuevas invitaciones".

La juez agrega que, "pese a esto, el alcalde ordenó continuar con el procedimiento de adjudicación alegando que se tramitaba por la vía urgente y conociendo el interés del licitador por hacerse con el servicio", de forma que el 13 de abril de 2012 se presentó el aval requerido una vez subsanadas las deficiencias.

Seguidamente, y siempre según el auto de procesamiento, ya el día 16 de abril, el secretario "volvió a informar de que la normativa impedía la contratación" con Da Fra, pero el alcalde, "ese mismo día, ordenó la continuación del expediente de contratación", tras lo que la adjudicación del contrato para la conservación, mantenimiento, jardinería y limpieza tuvo lugar el 17 de abril de ese año por una cantidad de 27.140 euros, IVA incluido.

Para finalizar, relataba el auto de procesamiento que, por informe de 12 de mayo de 2014, la interventora municipal señaló que Da Fra "no había cumplido con su obligación contractual referida al pago bimensual por la adjudicación", emitiendo otro informe en avisaba de "irregularidades" con relación a esta contratación.

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