TSJA archiva una denuncia contra el juez Serrano por el retraso en devolver una menor a su madre

Actualizado: viernes, 1 octubre 2010 15:59

SEVILLA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado una denuncia por presunta prevaricación interpuesta contra el juez de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, al considerar que su actuación fue la "correcta" en el proceso de devolución a la madre biológica de una menor de edad que se encontraba con una familia de acogida.

La menor fue entregada a una familia de acogida de Herrera en 1997, después de que su madre biológica, M.R.R., pidiera a la Junta que asumiera su tutela porque su entonces pareja sentimental la maltrataba. Una vez que rompió con su pareja, solicitó que la niña volviera con ella, lo que no se produjo hasta el año 2008, una vez que la menor, de 16 años de edad, comunicó al juez que quería volver con su madre.

En el auto, fechado a 20 de septiembre y al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJA archiva la denuncia, en primer término, por un error procedimental, ya que la denunciante debería haber presentado una querella y no una denuncia, y, en segundo lugar porque, "aunque se hubiera formulado la preceptiva querella, los hechos denunciados tampoco presentan un mínimo fundamento legal o una base razonable de verosimilitud que merezcan la apertura de diligencias de investigación".

En este sentido, añade que el procedimiento seguido por el Juzgado de Familia y por la Audiencia Provincial de Sevilla "ha de reputarse absolutamente correcto", aseverando que el juez Francisco Serrano "ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por la mencionada Audiencia Provincial en los autos de fechas 9 de diciembre de 2004 y 3 de julio de 2006".

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA concluye diciendo que el juez de Familia Francisco Serrano, "tras ponderar los informes psicológicos ordenados por la Audiencia, acordó el cese del acogimiento familiar de la menor y la recuperación del pleno ejercicio de la patria potestad por la madre" biológica, identificada como M.R.R..

QUERELLA

El Alto Tribunal andaluz acuerda el archivo de las actuaciones, aunque "sin que ello pueda implicar lesión alguna al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de la denunciante, por cuanto siempre tendrá a su alcance la posibilidad de ejercitar la correspondiente acción a través de los cauces adecuados, en particular mediante la interposición de la correspondiente querella".

Hay que recordar que este asunto desembocó en una doble denuncia entre los magistrados de la Sección Sexta y el juez Serrano, pues los primeros denunciaron al juez ante el CGPJ por incumplimiento "grave" por no haber devuelto esta niña a su madre biológica, mientras que el magistrado de Familia también denunció ante el máximo órgano de Gobierno de los jueces que el tribunal podría haber incurrido en una "intromisión" y presiones en su potestad jurisdiccional.

Mientras tanto, se inició un proceso de acercamiento de la niña a la madre biológica, en el curso del mismo se puso de manifiesto los perjuicios que se estaban ocasionando a la niña, por lo que el juez consideró de imposible ejecución en esos momentos la resolución de la Audiencia. En su momento, el juez indicó que no se le podía reprochar la voluntad de dar cumplimiento a lo resuelto por un órgano superior "ni en éste ni en ningún otro asunto" porque "el limite de dar cumplimiento a lo resuelto por una resolución judicial es que no se le cause perjuicio a la integridad psíquica y física de un niño".

Serrano añadió que "respeta" el critero de la Sala, pero puntualizó que "al que corresponde por naturaleza dar ejecución a lo resuelto es al juez de Primera Instancia, porque lo dice la Ley, y a mí si una resolución judicial me ordena que entregue una finca rústica o dinero, hay no cabe modular en modo alguno la ejecución, pero en una ejecución en la que el objeto es un niño hay caben todas las modulaciones posibles para procurar que ese niño no sufra perjuicios de tipo irreparable".

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