UGT reclama el incremento salarial reconocido por una sentencia para el sector de la hostelería

Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 2 diciembre 2009 19:04

SEVILLA 2 Dic. (EUROPA PRESS) -

La organización sindical UGT reclamó hoy a la patronal de la hostelería que cumpla el fallo del juzgado de lo Social número nueve de Sevilla y aplique la subida salarial del dos por ciento recogida en el convenio colectivo del sector, que rige hasta el 31 de diciembre de 2009 y cuyo última actualización salarial había sido fijada en el 1,4 por ciento por el empresariado pese al documento pactado, ratificado finalmente por el juez.

El secretario general de la Federación de Comercio y Hostelería de UGT-Sevilla, Manuel Fernández Algaba, señaló en un comunicado que el fallo admite la demanda de los sindicatos UGT y CCOO en cuanto a que la subida salarial que corresponde al ejercicio 2009 es el dos por ciento, según lo pactado por el propio convenio, y no del 1,4 por ciento, según defendía la patronal en función del IPC real de 2008.

En ese sentido, el sindicato señaló que el vigente convenio colectivo contemplaba una revisión al alza de los salarios según el IPC previsto por el gobierno en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Aunque el documento reflejaba la regularización de la retribución en el caso de un "exceso" en la previsión del IPC, no se recogía "la posibilidad de un IPC negativo".

Así, esgrimiendo el IPC real de 2008, fijado en el 1,4 por ciento, los empresarios entendieron "provisional" la subida del dos por ciento aplicada en enero de 2008 y, además, pretendían aplicar un "diferencial" del -0,6 por ciento en los salarios, lo que se tradujo en un conflicto colectivo por parte de los sindicatos.

Elevado el caso a la vía Social, el juez entiende que "los salarios de los trabajadores a los que es aplicable el convenio colectivo del sector de la Hostelería para Sevilla y su provincia deben experimentar un incremento en concepto de IPC previsto, de un dos por ciento respecto de los salarios de 2008", establecidos estos últimos sobre la base de los de 2007 más el dos por ciento.

La sentencia tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2009, y afecta a los conceptos de salario base, gratificaciones extraordinarias, retribución de vacaciones y pluses salariales y extrasalariales, condenando a la patronal "a estar y pasar por esta declaración a todos los efectos legales oportunos".

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