Cuatro años y medio de cárcel para el exalcalde de Letux

Actualizado: jueves, 14 abril 2016 17:35

   ZARAGOZA, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado al exalcalde de Letux Luis Miguel Abós (PAR) a cuatro años y medio de prisión como autor de un delito de fraude y malversación, aunque el primer delito se absorbe en el segundo, y al constructor Jesús Lahoz a otros tantos años de cárcel como cooperador necesario de un delito de fraude y malversación.

   También han sido condenados a la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y a la inhabilitación absoluta durante ocho años, según precisa el fallo de la sentencia.

Además, Lahoz ha sido condenado a dos años de prisión --sumando en total seis años y medio--, así como a una multa de 1.800 euros y a una pena de inhabilitación especial en su derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo por un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

   Ambos deben indemnizar de forma conjunta y solidaria a la Caja Inmaculada (CAI) con 67.387,14 euros, a Caja España con 34.799,93 euros y a Caja Rural del Jalón con 15.000 euros. Los dos condenados pagarán las costas del juicio.

FACTURAS DUPLICADAS

   La magistrada María Josefa Gil señala en la sentencia que Luis Miguel Abós Aznar adjudicó en 2008 a Jesús Lahoz, propietario de Construcciones Lahoz, la realización tres obras, una nave agroindustrial, la red de agua y vertido municipal, y el patio de las escuelas municipales.

   En 2008, Jesús Lahoz elaboró siete facturas, una el día 1 de octubre de 2008 por importe de 21.000 euros, otra el día 10 por 9.000, otra más el día 15 por 3.478,71 euros, también el 6 de noviembre por 16.080 euros, el mismo día otra por 3.333, el día 28 por 18.502,59 euros y el 5 de diciembre por 7.366 euros.

   En agosto de 2008, Jesús Lahoz pidió al Ayuntamiento que le adelantara el dinero, a lo que el secretario-interventor no accedió, pero el alcalde "lo admitió y firmó todas las facturas", que reclamó la CAI, al cedérselas el constructor, que había pedido a la entidad una cesión de crédito. "El dinero obtenido fue inmediatamente transferido por el acusado Jesús Lahoz Luce a la cuenta que tenía también en la CAI a nombre de Construcciones Jesús Lahoz SL", expresa la sentencia.

   El Ayuntamiento abonó después una factura de 21.000 euros con fecha 6 de febrero de 2009, otra de 9.000 euros del 27 de febrero de aquel año, otra de 3.478,71 con la misma fecha, una de 16.080 euros del 20 de marzo, otra de 3.333 euros del 27 de febrero, otra de 7.336 de la misma fecha, otra de 18.502,59 euros dividida en tres abonos fechados los días 16 y 23 de enero y 27 de febrero.

   Asimismo, el consistorio pagó a Lahoz las facturas y entre octubre y diciembre de 2009 la CAI las reclamó. A consecuencia de esto, continúa la sentencia, el Ayuntamiento sufrió un perjuicio que solo respecto de CAI ascendía a 78.760,30 euros.

   Jesús Lahoz emitió dos veces dos facturas por importe de 38.860 euros y 35.939,93 euros, aunque estos cobros no correspondían a ninguna obra realizada y no estaban contabilizadas en el Ayuntamiento. El empresario cedió estas cuatro facturas a Caja España el 22 de diciembre de 2008, quedando enterado el entonces alcalde, lo que supuso para el consistorio un perjuicio de 74.799,93 euros.

   El constructor repitió la operación y emitió dos veces dos facturas por un total de 18.502,59 euros. En agosto de 2009, Construcciones Lahoz presentó al Ayuntamiento otra factura de 51.373,16 euros y el Ayuntamiento pagó 40.000 euros a Caja España y 11.373,16 a la CAI, sin abonar nada a la empresa. La suma reclamada por CAI al consistorio es de 67.387,14 euros y la adeudada a Caja España es de 34.799,93 euros.

   Otra factura de 15.000 euros fue cedida por Construcciones Lahoz a Caja Rural de Aragón el 5 de febrero de 2009, quedando enterado el entonces alcalde, quien pagó otra factura de 3.502,59 euros a la empresa a través de Caja Rural, ocasionando un perjuicio al Ayuntamiento de 18.502,59 euros.

   La magistrada indica en la sentencia que las órdenes de pago son competencia exclusiva del alcalde y que cuando se trata de sumas muy elevadas es del Pleno municipal, y el pago corresponde al secretario-interventor, siendo su función la de fiscalizar y emitir informes, siendo la decisión final del alcalde o el Pleno.

   Este asunto ha sido investigado por el Juzgado de Instrucción número 10 de Zaragoza y ha sido juzgado con un tribunal del jurado en la Audiencia Provincial. La sentencia de esta última está fechada el martes pasado, 12 de abril.