Archivo - Entorno de la plaza de Santa Clara de Huesca, donde se ha desalojado a 200 vecinos. - EUROPA PRESS - Archivo
HUESCA 7 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Huesca ha aprobado, por unanimidad, el dictamen relativo a la modificación de las ordenanzas fiscales número 5 y 21, que introduce una bonificación del 95% en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para determinadas actuaciones de rehabilitación, así como la no sujeción a la tasa por ocupación de la vía pública en estos mismos casos.
Esta medida llega después de que, el pasado 27 de noviembre, se desalojaran más de 200 personas ante el riesgo de colapso de los edificios de los números 1, 2, 3 y 4 de la plaza Santa Clara de la capital altoaragonesa. Hasta el momento, sólo han podido regresar a sus casas los vecinos del número 1.
En concreto, la modificación de la ordenanza que regula el ICIO incorpora nuevos supuestos de bonificación del 95% para las obras cuya finalidad sea la rehabilitación de edificaciones cuando estas se soliciten tras una orden municipal previa de desalojo dictada por decreto de Alcaldía por motivos de riesgo para las personas.
La bonificación se aplicará exclusivamente a las partidas del proyecto destinadas a garantizar la seguridad estructural y la habitabilidad del edificio, debidamente desglosadas en el presupuesto o memoria técnica.
Asimismo, se ha aprobado un segundo supuesto de bonificación del 95% en el ICIO para las obras de acondicionamiento de locales derivadas de traslados forzosos, como consecuencia de derribos, hundimientos, incendios o del cumplimiento de órdenes y disposiciones oficiales.
Por otra parte, el dictamen favorable incluye la modificación de la Ordenanza Fiscal número 21, reguladora de la tasa por ocupación de la vía pública con materiales de construcción, escombros, vallados, puntales, andamios y otras instalaciones análogas.
En este caso, se establece un supuesto de no sujeción a la tasa para la ocupación de la vía pública motivada por obras de rehabilitación en fincas o edificios sobre los que haya recaído una orden municipal previa de desalojo.
Esta no sujeción será aplicable siempre que las obras tengan derecho a la bonificación del 95% prevista en la Ordenanza Fiscal número 5 y se extenderá hasta la finalización de los trabajos de rehabilitación.
Se trata de una decisión, como ha comentado el concejal de Hacienda, Ricardo Oliván, "pensando en Santa Clara, pero que se va a hacer extensiva a cualquier caso donde se produzcan las mismas circunstancias".