Innova.- El Principado resuelve la segunda fase de ayudas para proyectos estratégicos por 5,9 millones de euros

Actualizado: lunes, 5 enero 2009 18:17

El importe será transferido a la Ficyt para su posterior pago a las entidades beneficiarias.

OVIEDO, 5 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias resuelve el segundo plazo de la convocatoria pública de ayudas para la ejecución de proyectos estratégicos durante el periodo 2008-2010.

En base a la información publicada hoy en el BOPA y recogida por Europa Press, el importe de las ayudas concedidas, que asciende a un máximo global de 5,9 millones de euros, será transferido a la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (Ficyt) para su posterior pago a las entidades beneficiarias.

Del importe total señalado 1,79 millones de euros correspondientes al año 2008 irán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria de los créditos prorrogados en 2008 del estado de gastos de la Ley del Principado de Asturias de los Presupuestos Generales para el año 2007. Los 2,3 millones de euros correspondientes al año 2009 y los 1,9 millones de euros de 2010 irán financiados con cargo a la Leyes de Presupuestos Generales para dichas anualidades.

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, en reunión del día 19 de diciembre de 2007 autorizó un gasto plurianual por importe global de 10 millones de euros para hacer frente a las obligaciones económicas derivadas de la convocatoria pública de ayudas a empresas para la ejecución de proyectos de I+D+i desde 2007 a 2010.

Los gastos de la actuación objeto de ayuda no podrán ser anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y deberán ser realizados de acuerdo con las anualidades aprobadas, es decir, dentro del periodo de tiempo determinado para su ejecución y en el año para el que se concede la ayuda.

Los correspondientes pagos en firme realizados por los beneficiarios de la ayuda podrán efectuarse en el año inmediato posterior, pero con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, apuntan las bases de la convocatoria.

Asimismo, el pago correspondiente a cada anualidad se efectuará previa solicitud de cobro por parte de la entidad designada como representante único, mediante escrito dirigido a la Entidad Colaboradora una vez finalizada la anualidad o la actuación objeto de ayuda y, en todo caso, siempre antes del 31 de marzo del año inmediato posterior a aquel para el que se concede la ayuda.

A la solicitud de cobro se acompañará la documentación acreditativa de que la actividad objeto de subvención ha sido efectivamente realizada incluyendo original y copia de los justificantes de gasto y pago correspondiente a los diferentes conceptos subvencionados. También deberá hacerse constar en la Memorias anuales de las entidades beneficiarias y en las publicaciones científicas derivadas de la actuación el patrocinio del Gobierno del Principado de Asturias a través de fondos provenientes del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de Asturias.