Un hombre se enfrenta a 15 años de prisión por agredir sexualmente durante varios años a la hija de su pareja

Archivo - Centro Penitenciario de Asturias
Archivo - Centro Penitenciario de Asturias - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 25 enero 2023 14:21

La menor sufre un fuerte estrés postraumático como consecuencia de los hechos

OVIEDO, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Área de Gijón solicita 15 años de prisión para un procesado por agredir sexualmente durante varios años a la hija de su pareja, menor, con la que convivía. La vista oral se celebró este miércoles, a puerta cerrada, en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, y quedó vista para sentencia.

El Ministerio Fiscal sostiene que, el procesado, nacido en 1978, convivió desde 2011 a 2019 en Gijón con su pareja sentimental y los hijos de esta, un niño y una niña, nacida 2008, a la que comenzó a agredir sexualmente cuando la menor tenía aproximadamente 8 o 9 años. Esto sucedía cuando su madre no se encontraba en la casa y también en el coche y en el trastero.

El procesado amenazaba a la niña con pegarle si contaba lo que le hacía, lo cual le producía un gran temor debido al carácter violento del hombre. Estos hechos ocurrieron a lo largo de los años, cada vez que el procesado tenía oportunidad, interrumpiéndose solo con motivo de su ingreso en el Centro Penitenciario de Asturias por otros hechos, en septiembre de 2017, y se reanudaron tras salir en libertad, en noviembre de 2018. Continuaron hasta septiembre de 2019, que ingresó de nuevo en prisión.

Como consecuencia de los hechos, la menor sufre un fuerte estrés postraumático. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito continuado de agresión sexual de los artículos 181.2, 3 y 4 d) y e), y 74, del Código Penal con aplicación del artículo 192.1, 2 y 3, en relación con el 106.1 e) f) y j).

Y solicita que se condena al procesado a 15 años de prisión, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante la condena e inhabilitación para el desempeño de cualquier actividad, profesión u oficio, remunerado o no, que conlleven un contacto regular y directo con menores, por un tiempo superior a 20 años al de la duración de pena privativa de libertad que se imponga.

Además, la medida de libertad vigilada del artículo 106 e), f) y j) y que se acuerde la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros de la niña, su persona, domicilio, centro de estudios o trabajo o cualquier otro en el que se encuentre así como de comunicar con ella por cualquier medio durante 10 años. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a la menor con 30.000 euros, más los intereses legales correspondientes.