El Juzgado admite el recurso de cinco trabajadores de Emulsa y anula las bases modificadas del proceso selectivo

La jueza mantiene la situación de los dos trabajadores que superaron el proceso

Palacio de Justicia de Gijón.
Palacio de Justicia de Gijón. - EUROPA PRESS
Europa Press Asturias
Publicado: jueves, 18 diciembre 2025 17:26

GIJÓN, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 4 de Gijón ha estimado íntegramente la demanda de cinco trabajadores de Emulsa y ha declarado nulas las bases modificadas en la promoción interna a capataz de limpieza publicada el pasado 4 de octubre de 2024.

De acuerdo al fallo judicial, la empresa actuó vulnerando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, según una nota de prensa de la Sección Sindical del Colectivo de Trabajadores de Emulsa.

En este sentido, ha apuntado que la sentencia considera probado que Emulsa alteró las reglas del proceso una vez finalizado el plazo de presentación, modificando requisitos cuando ya conocía quiénes se habían presentado y qué méritos habían aportado.

Esta actuación, según la sentencia, quebró de forma evidente la igualdad de oportunidades, al introducir criterios nuevos que permitieron la entrada de aspirantes adicionales y modificaron sustancialmente las condiciones de acceso iniciales.

Entre las modificaciones anuladas destacan: La eliminación excepcional del requisito de titulación, introducida únicamente en esta convocatoria y no aplicada en el resto de promociones internas; y la incorporación sobrevenida del requisito de carecer de sanciones muy graves desde 2019, tampoco aplicado de manera homogénea en otros procesos selectivos de la empresa.

La sentencia incide en que "la deficiente actuación ilegítima de la empresa demandada no puede perjudicar a quienes han accedido legítimamente".

No obstante, aunque se anulan las bases modificadas, la jueza mantiene la situación de los dos trabajadores que superaron el proceso aplicando la doctrina del Tribunal Supremo sobre los "aspirantes de buena fe", al no ser responsables de las irregularidades cometidas por la empresa.

Emulsa, por su parte, deberá retrotraer el procedimiento a las bases originales del 19 de junio de 2024. Al tiempo, deberá continuar el proceso únicamente con las 15 personas que presentaron su solicitud en plazo, entre el 20 de junio y el 10 de julio de 2024. Además, dejará sin efecto la convocatoria realizada el 26 de junio de 2025 para cubrir las plazas vacantes derivadas del proceso irregular.

La Sección Sindical del Colectivo de Trabajadores de Emulsa ha remarcado que esta sentencia recuerda que, pese a la naturaleza mercantil de Emulsa, su carácter público obliga a respetar escrupulosamente los principios de igualdad, mérito y capacidad en todos los procesos de selección y promoción.

Para la Sección Sindical, este pronunciamiento se convierte en un precedente importante en defensa de la transparencia y la seguridad jurídica en las empresas públicas locales.

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