La magistrada absuelve a los propietarios de la residencia Marbel del delito de abandono de incapaces y maltrato

Actualizado: martes, 4 mayo 2010 20:06

GIJÓN/OVIEDO, 4 May. (EUROPA PRESS) -

La magistrada del Juzgado de lo Penal 2 de Gijón, Rosario Fernández Hevia, acaba de absolver a los propietarios de la residencia Marbel de un delito de abandono temporal de incapaces y de maltrato, confirmaron a Europa Press fuentes jurídicas. La sentencia se notificó hoy, casi dos años y medio después de la celebración del juicio y cinco desde el cierre obligado de la residencia por estos hechos.

En el fallo judicial, la magistrada aprecia que si bien pueden haberse cometido irregularidades administrativas como el hecho de dejar a los residentes metidos en un vehículo en el estacionamiento del supermercado Oblanca durante unas horas, esta conducta podría ser reprochable pero no puede entenderse que sea delito.

Tampoco considera delito la falta de camas y el que se llevara en el vehículo a los residentes de forma incómoda, aunque remarca en la sentencia que sería "reprochable moralmente". Además, recalca el hecho de que una de las testigos hubiera declarado que no veía que su marido estuviera allí bien atendido y aún así permaneciera ocho meses más en la residencia.

La residencia fue cerrada en 2005, a raíz de la denuncia de una ex trabajadora y la Asociación de Personas Mayores Les Mariñes, de Quintueles, quienes llegaron a afirmar que algunas de las personas mayores eran dejadas durante horas en el interior de una furgoneta, en el parking del supermercado Oblanca.

La acusación particular pidió durante el juicio para los responsables de la residencia, dos hermanas y sus padres, una pena de tres años y medio de prisión por los delitos de maltrato y abandono.

DURANTE HORAS EN EL COCHE

Por su parte, la fiscal solicitó en el juicio una pena de dos años de cárcel para el acusado al considerarlo autor de los hechos y un año y medio de prisión para su mujer y sus dos hijas, a las que imputa ser "cooperadoras necesarias" del delito. Además, pidió para los cuatro imputados la inhabilitación para el sufragio pasivo y la inhabilitación para desempeñar funciones de cuidado de ancianos durante el tiempo que dure la condena.

No obstante, solicitó la absolución de los imputados por el delito de maltrato, ya que existía "abundante prueba testifical" de que los ancianos estaban bien atendidos, excepto la situación de hacinamiento. También recordó que los propietarios de la residencia ya fueron objeto de una sanción administrativa y del cierre del local.

Por parte de la acusación particular, la abogada Mercedes Estrada mantuvo las peticiones de cárcel para los cuatro acusados, de un año y medio por el delito de maltrato y de dos años por el de abandono temporal de incapaces. La letrada basó su argumentación en el seguimiento hecho por la Policía, los testimonios de las empleadas del supermercado y de la ex empleada de la residencia, así como en las contradicciones, según ella, en las que incurrieron los testigos de la defensa.

Estrada señaló que el mes antes a la inspección por parte del Principado en la residencia había 17 personas para 14 camas, por lo que había ancianos que debían dormir juntos en un colchón de 90 centímetros. La letrada también cree probado el maltrato, dado la situación de una de las residentes, ya que a pesar de tener problemas y edemas en las piernas se la tenía horas en el vehículo sentada.

LIBRE ABSOLUCIÓN

En cuanto a la defensa del matrimonio gerente de la residencia, el letrado Ricardo González, pidió la libre absolución de sus clientes al entender que no hay elementos probatorios de los delitos de abandono temporal de incapaces y maltrato.

González, sostuvo que la denuncia por abandono sólo puede atribuirse a un día, el 5 de abril de 2004, cuando agentes del Cuerpo Nacional de Policía hicieron un seguimiento del acusado, que llevó en su coche a tres de los residentes por diversos lugares, desde las 8.00 a las 14.00 horas. Por tanto, señaló que no puede haber delito ya que no hay una continuidad "probada" en el tiempo ni el abandono se produjo por un mínimo de 24 horas seguidas.

Además, rechazó que si las empleadas de Oblanca sabían la situación de los ancianos no lo hubieran denunciado antes y enfatizó las contradicciones en las que incurrieron durante sus declaraciones.

El letrado también desbarató la versión de la empleada, una de las personas a raíz de la cual se inició la denuncia. González indicó que esta mujer trabajaba en el turno de tarde, por lo que no podía certificar las salidas en vehículo que se hacían con los ancianos por la mañana. También resaltó que la denuncia la hizo por "resentimiento", tras ser despedida.

Respecto al caso de maltrato, se remitió a las declaraciones de los testigos, ya que ninguno dijo haber visto ningún indicio, al contrario, incluso los médicos que solían atender a los residentes dijeron que estaban bien atendidos.

Por su parte, la abogada de las dos hijas del matrimonio que regentaba la residencia, acusadas de los mismos cargos que sus padres, pidió la libre absolución de sus clientes y argumentó que las jóvenes se dedicaban "exclusivamente" a la atención y el cuidado de los ancianos, y que no tenían ningún poder decisorio sobre el funcionamiento de la residencia.