SANTANDER 21 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) publica hoy el acuerdo de Consejo de Ministros por el que se designan los puertos donde estarán permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y la prestación de servicios portuarios para los buques pesqueros de terceros países, puertos entre los que figura el de Santander.
Mediante este acuerdo se cumple la obligación de España de designar los puertos en los que los buques pesqueros de terceros países pueden desembarcar o transbordar productos de la pesca y acceder a servicios portuarios.
Para ello, se han seleccionado aquellos puertos españoles en los que se han producido la mayoría de las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca capturados y/o transportados por buques pesqueros de terceros países en los últimos tres años.
En la elaboración de la propuesta, según subraya el MARM, se ha tenido en cuenta el sector afectado y las comunidades autónomas litorales.
Así, el acceso a servicios portuarios y las operaciones de desembarque o transbordo por parte de buques pesqueros de terceros países solo podrán hacerse en los puertos de Bilbao, Gijón, A Coruña, Ribeira, A Pobra do Caramiñal, Vilagarcía de Arousa, Marín, Vigo, Huelva, Cádiz, Algeciras, Málaga, Almería, Cartagena, Alicante, Valencia, Castellón, Tarragona, Barcelona, Las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, y Palma de Mallorca, además de Santander.