Se aplicará en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, exceptuando la Reserva Regional de Caza del Saja SANTANDER 10 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la Orden que regula la práctica de la actividad venatoria durante la temporada cinegética 2008-2009. Esta regulación afecta a esta práctica deportiva en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza del Saja.
Esta Orden regula la actividad cinegética en la Comunidad Autónoma con el objetivo de lograr un uso sostenible de los recursos, según lo establecido en la Ley de Conservación de la Naturaleza.
Según señala la Orden, todo aprovechamiento cinegético se realizará conforme a lo establecido en el Plan Técnico de Aprovechamiento Cinegético (PTAC) del terreno cinegético.
Las especies cazables, períodos hábiles, modalidades de caza, los criterios generales de aprovechamiento o los máximos de las especies cinegéticas formarán parte del contenido mínimo de la Orden Anual de Caza, y sus previsiones prevalecerán sobre el contenido de los PTAC.
Los titulares de los cotos podrán optar por presentar un PTAC elaborado por un técnico competente o bien utilizar un procedimiento simplificado que la Administración pondrá a disposición de todos los titulares.
Con la finalidad de que los titulares de los terrenos cinegéticos puedan elaborar, de la forma lo más integrada posible con el resto de la actividad cinegética los calendarios de caza de las especies, se autoriza a su presentación con un plazo mínimo de 15 días hábiles antes de la fecha de la primera actividad cinegética programada en dichos calendarios. Durante la temporada cinegética estará vedada la caza del rebeco y la tórtola común.