Los conservatorios de música tendrán órganos colegiados de gobierno, coordinación docente, y equipo directivo

Orquesta conservatorio Superior de Navarra
EP
Europa Press Cantabria
Actualizado: jueves, 31 marzo 2011 15:00

SANTANDER 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

Los Conservatorios de Música de Cantabria contarán con órganos colegiados de gobierno; órganos de coordinación docente; y un órgano ejecutivo de gobierno (equipo directivo).

Así lo recoge el decreto por el que se aprueba el nuevo reglamento orgánico de los conservatorios en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que entrará en vigor a partir del año académico 2011-2012.

El decreto, consultado por Europa Press, concreta la participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los conservatorios y facilita la coordinación docente a través de una serie de órganos de coordinación que deben contribuir "a consolidar culturas de centro en las que sean realidad acciones colectivas y de colaboración como reflexionar, contrastar puntos de vista, tomar decisiones, adoptar acuerdos y revisar la práctica educativa", señala el texto.

Igualmente, establece el marco de actuación de la dirección de los conservatorios, fijando las competencias de los equipos directivos así como de cada uno de los miembros del mismo. Dicho marco de actuación debe facilitar la labor "imprescindible" de la dirección de los centros como promotora de la innovación, de la investigación y del cambio, que deben partir de la formación y actualización permanente del profesorado.

Por otro lado, sienta las bases para el ejercicio de la autonomía por parte de los conservatorios, que se concibe desde distintos puntos de vista: pedagógico, a través de la elaboración del proyecto educativo; organizativo, a través de las normas de organización y funcionamiento; y de gestión de los recursos, mediante el proyecto de gestión.

Otro aspecto relevante del decreto es el referido a la evaluación de los conservatorios, cuyo propósito fundamental es proporcionar a todos los agentes implicados en el sistema educativo la información "fiable y suficiente" para fundamentar sus juicios, decisiones, prácticas y políticas de enseñanza que favorezcan el aprendizaje de los alumnos "y que contribuyan a formar ciudadanos autónomos, críticos, participativos y responsables".

ÓRGANOS DE LOS CONSERVATORIOS

El nuevo reglamento establece que los conservatorios tendrán los siguientes órganos: órganos colegiados de gobierno (consejo escolar y claustro de profesores); órganos de coordinación docente (claustro de profesores, comisión de coordinación pedagógica, equipos docentes, departamentos de coordinación didáctica, departamento de actividades complementarias y extraescolares, y tutores), y un órgano ejecutivo de gobierno (equipo directivo).

Respecto al primero de ellos, el de gobierno, especifica el carácter y composición del consejo escolar y del claustro de profesores. El primero estará integrado por el director del conservatorio, que será su presidente; el jefe o jefes de estudios; y un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle ubicado el conservatorio.

Además contará con representantes del profesorado (cuatro profesores elegidos por el claustro en los conservatorios que impartan enseñanzas elementales y seis en los de enseñanzas elementales y profesionales); del alumnado (uno o dos según las enseñanzas); con tres representantes de los padres, madres o representantes legales de los alumnos; un representante del personal de administración y servicios; además del secretario del conservatorio, que actuará como secretario del consejo, con voz pero sin voto.

En cuanto al calustro de profesores, será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el conservatorio. Actuará como secretario del claustro el secretario del centro.

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