Educación establece los currículos para los títulos de técnicos en deportes de Montaña y Sscalada

Jóvenes Realizan Escalada En Un Intercambio Juvenil De La Diputación.
EUROPA PRESS/DIPUTACIÓN
Actualizado: lunes, 13 febrero 2012 16:24

SANTANDER, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha publicado una Orden, que entrará oficialmente en vigor este martes, 14 de febrero, por la que se establecen los currículos y las pruebas de carácter específico de acceso y requisitos deportivos correspondientes a los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en las especialidades de los Deportes de Montaña y Escalada en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En concreto, la Orden, consultada por Europa Press, se refiere a las siguientes especialidades de los deportes de Montaña y Escalada: de Grado Medio (Técnico Deportivo en Alta Montaña; Técnico Deportivo en Barrancos; Técnico Deportivo en Escalada; y Técnico Deportivo en Media Montaña); y de Grado Superior (Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña, Técnico Deportivo Superior en Escalada, y Técnico Deportivo Superior en Esquí de Montaña).

La Orden establece que las pruebas de carácter específico de acceso serán convocadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y serán programadas y desarrolladas por un tribunal designado por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

La evaluación del aprendizaje de los alumnos se realizará conforme a lo establecido en la Orden de evaluación de las enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Orden especifica que hasta el momento en que estén totalmente implantadas las enseñanzas reguladas en la misma, la Consejería podrá habilitar a quienes posean el diploma de superior nivel que haya expedido, en la correspondiente especialidad, la Federación Cántabra de Montaña y Escalada o la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada para realizar las funciones como evaluadores que se asignan a quienes posean el título de título de Técnico Deportivo superior en la correspondiente especialidad de Deportes de Montaña y Escalada.

Igualmente señala que hasta el momento en que estén totalmente implantadas las enseñanzas reguladas en la orden, la Consejería podrá autorizar que determinados módulos del bloque específico atribuidos a Técnicos Deportivos superiores sean impartidos por quienes posean el máximo nivel federativo en la especialidad correspondiente impartido por la Federación Cántabra de Montaña y Escalada o por la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, siempre que dicho nivel haya sido reconocido por el Consejo Superior de Deportes y los interesados acrediten, mediante la presentación de currículum vítae, que poseen formación o experiencia docente en la especialidad correspondiente.