El Gobierno central da luz verde al proyecto de Ley de Parques Nacionales

Picos de Europa
PETER CLARKE

El texto permite la navegación en Monfragüe, el vuelo sin motor en Guadarrama y actividades comerciales

MADRID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Parques Nacionales cuyo objetivo, según el Gobierno, es garantizar que las futuras generaciones puedan disfrutar de este legado natural. Así, el proyecto de Ley pretende desarrollar y actualizar "los pilares" que constituyen la esencia de estos enclaves, refuerza la conexión y coordinación entre el Estado y las comunidades autónomas y asegura un marco "adecuado" para la conservación.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, ha destacado que el anteproyecto, que se remitirá a las Cortes nacionales, contempla "mayores mecanismos" de protección del medio ambiente.

Por su parte, el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete --también presente en la rueda de prensa-- ha destacado que España es "pionera" en la creación y gestión de estos espacios y ha indicado que la nueva ley "respeta las competencias de la CC.AA" pero "da unidad al sistema", además de prestar especial atención a las superficies de aquellos parques que ocupan más de una comunidad, entre otras novedades.

Según el borrador del anteproyecto de Ley con fecha del 10 de enero, al que ha tenido acceso Europa Press, la norma revisa también el procedimiento de declaración, de forma que la propuesta de un nuevo parque se realizará de forma conjunta por las comunidades autónomas y el Gobierno de la nación.

Además, integra a los titulares de derechos en parques nacionales en la propia conservación del enclave y les reconoce la capacidad de realizar actividades económicas o comerciales, "en especial las relacionadas con el uso público o el turismo rural" y les otorga su "adecuada presencia institucional" en los actos de la proyección de parques ante la sociedad.

El borrador de la norma contempla ayudas técnicas, económicas y financieras en las áreas de influencia socioeconómica. Al mismo tiempo, según el texto, se protege aquellos usos y actividades tradicionales practicadas de forma histórica por propietarios, usuarios o residentes locales, que sean compatibles o necesarios para la gestión. Igualmente se prevé la creación de la marca Parques Nacionales de España como "identificador común de calidad para las producciones de estos espacios".

Para ser declarado Parque Nacional, un enclave debe cumplir una serie de requisitos, como tener una superficie mínima de entre 5.000 hectáreas si son terrestres insulares a 20.000 hectáreas si son peninsulares o bien parques nacionales en aguas marinas.

Estas superficies deben representar notoriamente alguno de los grandes sistemas naturales, ser una superficie continua, no fragmentada y sin estrangulamientos para que sus sistemas evolucionen de forma natural o con la mínima intervención humana.

NO SE CAZA PERO SE GESTIONAN POBLACIONES

Para su preservación, de acuerdo con el texto, serán incompatibles las actividades de pesca deportiva y recreativa y la caza deportiva y comercial, así como la tala para fines comerciales. Sin embargo, el proyecto contempla que, por motivos de gestión y de acuerdo al mejor conocimiento científico, la administración del parque "podrá programar actividades de control de poblaciones y de restauración de hábitats".

Esta es una de las cuestiones más criticadas por las organizaciones ambientales que consideran que puesto que la norma no cambia respecto a la de 2007, bajo la figura de control de poblaciones se van a poder organizar monterías y reclaman que esta gestión sea realizada únicamente por las guarderías de los parques.

Igualmente, son incompatibles los aprovechamientos hidroeléctricos, las vías de comunicación y las redes energéticas, salvo en circunstancias excepcionales debidamente justificadas por razones de protección ambiental o interés social, siempre que no haya otra solución.

VUELO SIN MOTOR Y NAVEGACIÓN

También prohíbe el vuelo sin motor a menos de 3.000 metros de altura salvo causa de fuerza mayor y prohíbe cualquier opción de urbanización o edificación. Sin embargo, se establece una disposición adicional por la que en la Sierra de Guadarrama esta prohibición, por causa mayor, queda reducida a 500 metros para las aeronaves comerciales y añade que se estudiarán los vuelos de aeronaves sin motor para determinar las cotas, periodos y zonas donde la actividad no resulte incompatible con la conservación de los recursos del parque.

Otra de las singularidades es que se permitirá la navegación en las aguas del Parque Nacional de Monfragüe para "difundir los valores naturales" de este enclave.

Así, en caso de existir actividades incompatibles las administraciones deberán adoptar, preferentemente mediante acuerdos voluntarios, las medidas precisas para su eliminación dentro del plazo legal.

La ley abre la puerta a los recursos privados mediante el impulso de instrumentos público-privados que permitan la incorporación de recursos financieros adicionales para la gestión de la Red de Parques.

Por otro lado, el Estado podrá asumir iniciativa propia o por petición de la comunidad autónoma la declaración del estado de emergencia del parque para impedir que se produzcan daños irreparables.

Tras la recomendación del Consejo de Estado de definir emergencia, el proyecto de ley señala que emergencia por catástrofe medioambiental se dará cuando exista peligro grave y cierto para la integridad y seguridad de los sistemas naturales que, por sus dimensiones requiera una coordinación nacional y exija, además medios estatales. Llegado ese caso, será el Estado el que asuma las riendas de la situación.

El Gobierno también podrá intervenir en caso de que el parque nacional se encuentre en estado desfavorable y que los mecanismos de coordinación no resultaren eficaces para garantizar su conservación. En este caso, el texto también incluye otra recomendación del Consejo de Estado, que se refería a la conveniencia de previo a la intervención de la Administración Central, realizar un requerimiento a la comunidad autónoma para que en seis meses adopte las medidas oportunas.

Por otro lado, entre las novedades es que se creará un comité científico de parques nacionales, que estará adscrito al Organismo Autónomo Parques Nacionales para asesorar científicamente sobre cualquier cuestión.

El texto suprime la referencia al voluntariado que incluía el borrador anterior, a petición del Consejo de Estado y ahora apunta que se prestará especial atención a la implicación social. Además, asegura por ley que se adaptarán los parques para el disfrute por parte de personas con discapacidad.

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