En vigor la Ordenanza de Participación Ciudadana

Mujeres participantes en el curso
AYTO
Europa Press Cantabria
Actualizado: jueves, 11 junio 2015 15:25


CAMARGO, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Ordenanza de Participación Ciudadana de Camargo ha entrado en vigor una vez ha permanecido 30 días en exposición pública sin recibir alegaciones.

Así lo ha informado este jueves en nota de prensa el Ayuntamiento de Camargo, que ha recordado que la ordenanza regula la participación de los vecinos en la toma de decisiones municipales.

La ordenanza tiene como objetivo fomentar la participación en la toma de decisiones y articular su canalización en el día a día de la gestión municipal.

Tras su aprobación, los colectivos podrán solicitar el reconocimiento como Entidades de Utilidad Pública Municipal, declaración que recibirán aquellas con al mínimo dos años inscritas en el Registro Municipal, al corriente de sus obligaciones y que desarrollen programas relevantes o actividades complementarias a las competencias municipales. Este reconocimiento va acompañado de prioridad en la recepción de ayudas y en la utilización de recursos municipales.

También se creará un Consejo Municipal de Participación Ciudadana, un foro representativo de los diferentes sectores y agentes sociales de la sociedad del Valle que nace para canalizar la participación de los vecinos a través de la emisión de informes y consultas así como de la realización de propuestas e iniciativas para su estudio y debate en los órganos municipales.

El Consejo podrá crear comisiones de trabajo sobre cuestiones específicas que concluirán con informes o propuestas concretas.

La primera Ordenanza de Participación Ciudadana que se redacta y aprueba en Camargo regula también las diversas formas de canalizar la participación de los vecinos como son la propuesta y sugerencia ciudadana, la petición y reclamación o la Iniciativa Ciudadana.

En cuanto a la utilización de instalaciones y recursos públicos, el nuevo texto da soporte normativo al uso de los locales municipales por parte de las asociaciones, regula su empleo y establece la posibilidad de compartir espacios entre varios colectivos.

Además, por primera vez, un texto normativo en Camargo regula pormenorizadamente los derechos y deberes del voluntariado y los límites y contenidos de sus funciones.

Así, detalla la obligación por parte del voluntario de guardar el secreto profesional y de participar en las acciones de formación que le capaciten para realizar adecuadamente su función. Se regula también el derecho del voluntario a solicitar documentación que acredite los servicios prestados y a participar activamente en la elaboración y evaluación de los programas en los que colaboran.

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