(Ampliación) El TSJC modifica la clasificación de seis de las zonas delimitadas en el PORN de las Marismas de Santoña

Estima así parcialmente un recurso de la asociación ecologista ARCA, pero rechaza otras cinco modificaciones y dos ampliaciones

Europa Press Cantabria
Actualizado: lunes, 28 mayo 2007 15:59

SANTANDER, 28 May. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha ordenado la modificación de la clasificación otorgada a seis de las zonas delimitadas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de las Marismas de Santoña, aprobado el 5 de mayo del año 1997 por decreto del Gobierno de Cantabria.

La sala atiende así parte de las demandas de la asociación ecologista ARCA, que solicitó el cambio de la clasificación de 11 zonas y la inclusión de otras dos en la regulación del PORN.

La sentencia del TSJC, conocida hoy, vuelve a pronunciarse en torno a un asunto sobre el que ya falló esta misma sala en el año 1999, pero que ha tenido que ser examinado de nuevo por orden del Tribunal Supremo, que anuló la sentencia inicial del TSJC y pidió que se volviera a estudiar el caso y se dictara nueva sentencia, ofreciendo mayores garantías durante el proceso a los ayuntamientos, particulares y empresas afectados por las modificaciones.

De hecho, al repetirse las actuaciones y dar a conocer el contenido de la demanda de ARCA y sus argumentos a los posibles interesados, se personaron en el proceso una veintena de partes, entre ellos, los ayuntamientos de Colindres, Laredo, Escalante, Arnuero, Argoños y Noja.

En su recurso, ARCA reclamaba la modificación de 11 zonas del PORN y la inclusión de dos nuevas. La sala rechaza cinco de esas modificaciones y las dos nuevas delimitaciones argumentando, en líneas generales, que no se aprecia "irracionalidad" por parte del Gobierno en su delimitación y clasificación.

MODIFICACIÓN DE SEIS ZONAS

En cuanto a las áreas que sí modifica, una de ellas es la de El Regatón (Laredo), que pasa a ser zona de reserva en las áreas que el PORN consideraba de uso intensivo.

También se cambia la clasificación de la zona de Belnoja (en el extremo Norte del municipio de Noja y al Este de la playa de Ris). En este caso, la subzona 1 se transforma en área de uso moderado, frente a la clasificación inicial de uso especial; mientras las subzonas 2 y 3 se zonifican como uso intensivo en lugar de especial.

Mientras tanto, a la zona ubicada entre el monte del Cincho y el núcleo de Soano, en Arnuero, la zona de Rigones (Argoños) y la zona de San Pantaleón (Arnuero), se les asigna uso moderado, mientras a la zona de Los Hornos (Argoños), el uso pasa de especial a intensivo.

Las modificaciones que pedía ARCA y que no han sido atendidas por la sala de lo Contencioso eran las relativas a la zona de la fábrica de FEMSA, a orillas de la ría de Treto (Bárcena de Cicero); la zona de Los Fachos (entre los municipios de Argoños y Escalante); Carramigel (Escalante); Alto de Cueto, Cabazo y Abajas (Arnuero y Noja), y la zona del barrio de La Hoya-Cacicedo (Argoños).

Contenido patrocinado