Condenado a 3 años un Guardia Civil que se hizo pasar por narcotraficante

Actualizado: domingo, 21 junio 2015 14:41

El Supremo rechaza el recurso contra la sentencia de la Audiencia Provincial

SANTANDER, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Santander ha condenado a tres años de cárcel, por un delito contra la salud pública, a un Guardia Civil que fue detenido hace más de cinco años en Alicante por su presunta participación en un robo con arma y al que encontraron en su domicilio de Colindres cocaína, sustancias de corte, instrumentos para el pesaje, envoltorios, etc., con destino a la venta a terceros.

Durante la instrucción, el agente declaró que lo utilizaba para elaborar paquetes de droga y para la mezcla porque se hacía pasar por narcotraficante para atrapar a traficantes de armas, y que estaban al corriente de ello un capitán y un guardia del Servicio de Información de la Comunidad Valenciana.

Sin embargo, durante el juicio, en el que se acogió a su derecho a no declarar y sólo respondió a las preguntas de su abogado, se retractó de lo manifestado en instrucción y negó que fueran suyas las sustancias halladas durante el registro de su domicilio de Cantabria, en el que aseguró que ya no vivía desde hacía unas semanas.

En su domicilio fueron intervenidos, entre otros efectos, una fiambrera con 101 gramos de lidocaína y cafeína, sustancia destinada al corte de la cocaína, 517 gramos de acetona, precursor utilizado en la preparación de la cocaína, una bolsa de plástico con 237,43 gramos de lidocaína, un recipiente de plástico con 378,47 gramos de cafeína, una bolsa de plástico con 26,50 gramos de cocaína con una pureza del 6,1%, nueve cápsulas de cafeína, un molinillo con restos de sustancia blanca, una prensa, una balanza, cinta de envoltorios, un cúter y anotaciones.

A la droga intervenida en su domicilio, valorada en 1.580 euros, se une la conversación telefónica que la novia mantuvo con un amigo del Guardia Civil nada más ser éste detenido. Según consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la novia preguntó "si llevaba algo" cuando fue detenido, insistió en que ella no le había denunciado y mostró "mucha preocupación" por saber por qué estaba detenido porque "si van a casa los policías van a encontrar algo".

EL SUPREMO RECHAZA EL RECURSO

A la vista de estas pruebas, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Guardia Civil contra la sentencia de la Audiencia Provincial, que de esta forma, adquiere firmeza. El recurrente alegó nulidad de la entrada y registro en su domicilio de Colindres por no encontrarse él presente; carencia de prueba que acredite los hechos que se le imputan; y la denegación de prueba documental sobre sus funciones como Guardia Civil en operaciones de tráfico de drogas.

En el auto en el que se decreta que no ha lugar al recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo da validez al registro por un "supuesto de fuerza mayor" derivada de la considerable distancia, ya que se practica a más de 800 kilómetros de donde él es detenido (Alicante), "no pudiendo retrasar la diligencia para que la investigación existente culminara con éxito".

El alto tribunal considera que existe prueba suficiente y con contenido inculpatorio, y que la Audiencia Provincial ha valorado y ponderado racionalmente los indicios probatorios existentes.

El acusado solicitó como prueba documental informes procedentes del Servicio de Información de la Guardia Civil de la Comunidad Valenciana y del Grupo de Estupefacientes de la Comisaría Provincial de Alicante, con objeto de "acreditar la veracidad de su declaración ante el juzgado de instrucción y que se pudo detener a un narcotraficante por su denuncia".

Tanto la Audiencia como el Tribunal Supremo rechazan que la denegación de esta prueba documental le haya generado indefensión, porque pudo aportarla él mismo en el juicio y no lo hizo, ni tampoco citó a ningún testigo para demostrar que en su trabajo se hacía pasar por narcotraficante. Y puesto que en el juicio negó que las sustancias fueran suyas, "no le puede generar indefensión la denegación de una prueba que intenta acreditar lo que él mismo niega".

La pena de prisión que le ha impuesto la Audiencia se ha quedado en tres años gracias a la atenuante de dilaciones indebidas solicitada por la Fiscalía, al haber transcurrido cinco años desde que se iniciaron las actuaciones hasta su enjuiciamiento. La condena también incluye una multa de 1.580 euros, equivalente al valor de la droga intervenida.

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