Condenan a una promotora a efectuar una reparación en vivienda con sentencia de derribo e indemnizar a la dueña

Actualizado: sábado, 2 junio 2012 14:09

La Audiencia ha impuesto a otra promotora el pago de 936.505 euros a los compradores de tres inmuebles, a los que no le entregó la casa.


SANTANDER, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a una promotora a ejecutar una reparación de un inmueble con sentencia de derribo e indemnizar a su propietaria. Además, otra deberá pagar 936.505 euros a los compradores de tres viviendas que no fueron entregadas ni construidas.

En la primera de las sentencias, dictada el pasado 24 de mayo, la Sala desestima un recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Santander de condenar a Promociones Valle Mortera a efectuar las obras de reparación en una de sus viviendas, sobre la que desde 2001 pesa sentencia de derribo, ante la existencia de filtraciones y a indemnizar a su propietaria con 10.753 euros.

En el recurso de apelación en el que la promotora reclamaba la revocación de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, tachaba de "absurdo" condenar a hacer obras de reparación en una vivienda con sentencia de derribo y defendía que era "tirar el dinero".

Sin embargo, y al contrario que la recurrente, la Audiencia no considera "antieconómica" la reparación impuesta dado que, por una parte, cree "público y notorio la demora generalizada en el cumplimiento de esta clase de sentencias" y, por otra, llama la atención de la existencia de un Plan de Actuación del Gobierno de Cantabria en relación a las sentencias de Derribo, al que se alude en la sentencia.

A juicio de la Audiencia, y como afirma literalmente en su sentencia, "estas circunstancias permiten dudar razonablemente si la vivienda será demolida a corto o medio plazo".

INCUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA

Un día después de dictar esta sentencia, que no es firme y contra ella cabe recurso, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria condenó a Core La Hermida a pagar 936.505 euros a los compradores de tres de sus viviendas por no cumplir el contrato de compraventa, más los intereses legales a contar desde la interposición de la demanda.

Según se recoge en esta sentencia, la promotora acordó entregar a estos compradores sus viviendas a finales de 2006 y primeros de 2007 -42 meses después de las escrituras-- y a fecha de hoy no se ha iniciado la construcción.

Ante estos hechos, el Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Santander condenó a la promotora a pagar 456.899 euros a los compradores de una de las viviendas; 436.424 a los de otra y 381.702 a los de la tercera, con un total de 1.275.025 euros, 338.495 más que lo que considera la Audiencia.

En la sentencia del recurso interpuesto por la promotora, la Audiencia Provincial considera que no procede pagar esa cantidad pues incluye la compensación por daños morales por los que, a su juicio, la promotora no debe pagar.

En este sentido, señala que el daño moral debe ser demostrado y no puede suponerse de la frustración del deseo de obtener la vivienda; "no todo el daño moral debe ser indemnizado" por el que lo causa y la obligación de reparación "no tiene un alcance universal".

Además, mantiene que, en este caso, no puede imputarse a la promotora todos los daños derivados de la obligación sin que se haya declarado expresamente el carácter doloso del incumplimiento.

De esta forma, la Audiencia ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Core La Hermida contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Santander.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación y extraordinario por infracción procesal ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días a contar desde su notificación.