Confirman la condena a un hombre que apuñaló a otro por no estar probado que actuara en defensa propia

Actualizado: sábado, 23 julio 2011 13:10

Le fue impuesta una pena de dos años y nueve meses de prisión y una indemnización de más de 13.000 euros

SANTANDER, 23 Jul. (EUROPA PRESS -

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena de dos años y nueve meses de prisión para un hombre que apuñaló con una navaja a otro en la pierna a la salida de un club de Santander tras no considerarse demostrado que, como alegaba el acusado en el recurso de apelación que interpuso, actuara en defensa propia.

La Sección 1 de este órgano judicial ha rechazado el recurso interpuesto, en la que el acusado pedía su absolución del delito de lesiones, al considerar que, además de haber actuado en defensa propia, habían existido "errores en la evaluación de la prueba".

Los hechos se produjeron en la madrugada del 28 de julio de 2007 cuando ambos hombres iniciaron una discusión en el interior del local que, al parecer, estuvo motivada porque el hombre que resultó agredido le recriminó al otro haber golpeado la máquina tragaperras del local.

En el transcurso de la discusión ambos salieron del local, donde el condenado, que ya tenía antecedentes por el mismo delito, sacó una navaja que llevaba y el otro hombre cogió un palo para intentar defenderse.

Al respecto de las alegaciones presentadas en el recurso, la Audiencia Provincial considera "incompatible" que el apelante niegue, por una parte, ser el causante de las lesiones y, por otra, sostenga que lo hizo en legítima defensa pues "supone admitir que sí las causó".

Además, recuerda que varios testigos declararon en el juicio que vieron salir a ambos hombres del bar para pegarse e incluso, uno de ellos, aseguró que los vio ya pelearse y sacar el acusado la navaja.

De hecho, la Sala sostiene que el propio agresor reconoció en el juicio la pelea, si bien aseguró que el agredido fue él. Por estos motivos, la Audiencia Provincial considera que hay "prueba bastante" para considerarle autor de las lesiones sufridas por el otro hombre.

En vista de estos hechos, y en relación con la alegación de legítima defensa por parte del acusado, la Audiencia Provincial considera que existió una "riña mutuamente aceptada" y que ambos hombres salieron fuera del local "para pelearse o sabiendo que podía ser para ello", por lo que, a su juicio, no concurren los elementos para probar que el agresor actuara en legítima defensa ya que no padeció una "inicial agresión ilegítima".

Además, por otra parte, considera que no está acreditado que, como sostiene el recurrente, el otro hombre portara un barra de hierro.

Lo que sí considera probado, al igual que la sentencia recurrida del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander, que el acusado acometió al otro hombre en diversas partes de su cuerpo y le asestó una puñalada en la pierna que le originó una incisión en el muslo izquierdo, por la que el agredido precisó cirugía.

En vista de la resolución judicial, la Audiencia mantiene, además de la pena de cárcel, la indemnización de 13.034,55 euros al agredido, de los que 10.882,05 euros son por las lesiones y 2.152,5 por las secuelas.

La sentencia de la Audiencia Provincial es firme y no admite ningún tipo de recurso. Además, la Sala impone al condenado recurrente las costas del recurso.