SANTANDER, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -
El consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Javier Fernández, ha reclamado que el deslinde entre el puntal de Laredo y el arroyo del Regatón, anulado por la Audiencia Nacional (AN) por hacerse fuera del plazo, "respete" las garantías de los vecinos de esa zona y de la Administración y se haga "conforme" a la Ley de Costas y sea "lo más ajustado a derecho posible".
En declaraciones a los medios de comunicación sobre la anulación de este deslinde, aprobado en febrero de 2011 por el entonces llamado Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), el consejero ha explicado que la sentencia de la Audiencia no entra en el "fondo" del deslinde, esto es si está hecho bien o mal, sino que basa su decisión en un "problema de plazos".
Por ello, ha abogado por esperar a ver si el Ministerio decide recurrir ante el Supremo la sentencia o bien por si opta por realizar un deslinde nuevo.
En este sentido, ha señalado que "en cualquier caso" los temas administrativos en materia de deslindes "hay que resolverlos y dejarlos claros", ya sea "un poco antes o un poco después" porque hay que volver a hacerlos.
Por ello, ha subrayado la importancia de que se hagan conforme a los criterios de la Ley de Costas y que "sean lo mas ajustado a derecho posible".
"Lo importante es que al final el deslinde quede bien hecho y las garantías tanto de los vecinos, como del propio Estado, que es el titular del dominio público, se respeten", ha afirmado Fernández, quien ha reconocido que el Ayuntamiento de Laredo ha visto con "satisfacción" la declaración de nulidad de este deslinde.
Concretamente, el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre anulado hace referencia a un tramo de 2.297 metros comprendidos entre el puntal de Laredo al arroyo del Regatón, ubicado también en el mismo municipio.
En una sentenci fechada el pasado 22 de julio, y recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional consideró que el MARM lo aprobó fuera de plazo.
Y se basa en que cuando el Ministerio aprobó el pasado 8 de febrero de 2011 la resolución sobre el deslinde habían expirado ya los dos años de plazo que hay para resolver y notificar el expediente de deslinde desde la incoación del mismo.
Para ello, se cuenta desde que el expediente de deslinde fue incoado el 11 de julio de 2008.
En mayo de 2010, la Dirección General de Costas aprobó ampliar el plazo otros doce meses el plazo de resolución y notificación de dicho expediente, una decisión que justificó en la necesidad de habilitar medios personales adicionales para estos expedientes, en la dificultad para hacerlo y en el "gran número" de expedientes de deslinde, concesiones y autorizaciones que estaba tramitando la Demarcación de Costas.
Ahora la Audiencia Nacional considera "improcedente" la ampliación que se acordó al considerar que la justificación que se dio para ello no era "concreta ni suficiente" y tampoco se dan las circunstancias excepcionales para ello.
Esta sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación.