Archivo - Servicios de emergencias trabajan en el lugar de los hechos, la playa de El Bocal, a 4 de marzo de 2026, en Santander, Cantabria (España). - Juanma Serrano - Europa Press - Archivo
SANTANDER, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -
La jueza que investiga el colapso de la pasarela costera de El Bocal, en Santander, en la que fallecieron seis jóvenes y una chica más resultó herida grave, quiere saber si la Policía Local tiene un protocolo de llamadas específico para avisos recibidos del 112.
Para ello, tomará declaración como testigos a los superiores jerárquicos y compañeros de la agente y de la gestora de Emergencias Cantabria investigadas por lo ocurrido, un día después de que un vecino de la zona alertara del mal estado del paso de madera al 112, que trasladó la llamada al Cuerpo policial.
La magistrada también citará a declarar a la jefa de obra y a los operarios que efectuaron el mantenimiento de la pasarela en el verano de 2024 y al ingeniero industrial que firmó el proyecto de pasarelas del año 2014.
Además, pide al perito judicial designado para esclarecer las causas del siniestro que aclare de qué material eran los herrajes de apoyo de la pasarela, si el proyecto preveía que fueran de acero inoxidable y si el mismo cumplía la normativa.
Son algunas de las nuevas diligencias acordadas por la titular de la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander para aclarar el siniestro del pasado 3 de marzo en el que, al ceder el puente de la senda costera que hay a la altura de la playa de El Bocal, fallecieron un grupo de alumnos del CIFP La Granja de Heras, procedentes de Cantabria, Vizcaya (3), Guadalajara y Almería, y sobrevivió una joven de Álava.
CRUCIAL LLAMADA
En un auto notificado este martes, la jueza explica que el contenido de las declaraciones realizadas por "las dos personas directamente implicadas en la crucial llamada" realizada la jornada previa al suceso -la gestora del 112 y la policía local- "justifica, sin duda alguna, esclarecer la dinámica operativa ordinaria de ambos servicios cuando se reciben llamadas de tales características".
Así, requiere al inspector jefe de la Policía Local de Santander para que informe si el protocolo de actuación de llamadas "se activa o aplica solo para llamadas o avisos procedentes de ciudadanos, quedando excluidas las procedentes del Servicio de Emergencias 112".
Si no fuera así, le pide que indique si "es el único protocolo aplicable o, en su caso, si existe el propio para avisos procedentes de otros servicios de emergencias, como el 112".
Asimismo, la instructora solicita al inspector jefe que identifique al superior jerárquico de la agente que cogió el aviso y también a dos agentes que desempeñen la misma actuación en el Centro de Coordinación de Servicios de la Policía Local, con el fin de tomarles declaración como testigos.
Del mismo modo, solicita al director del Servicio de Emergencias 112 que indique quién es el superior jerárquico de la gestora que recibió la llamada del vecino y también identifique a dos gestores que desempeñen la misma función, con el fin de recibirles declaración.
NUEVA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
Además, la magistrada acuerda en su resolución la práctica de diligencias solicitadas por las partes. En concreto, en relación al escrito presentado por el Ayuntamiento de Santander, admite abrir una nueva línea de investigación sobre la viabilidad técnica y legal del proyecto de la pasarela y sobre la calidad de los elementos mecánicos empleados, concretamente los herrajes instalados que sirvieron de apoyo a la estructura.
Sin embargo, advierte de que "no se van aceptar las razones insertadas por el letrado" en el citado escrito, que aludía a la "posible modificación del diseño estructural y las calidades de las pasarelas durante la ejecución de la obra, realizada al margen del proyecto administrativo adjudicado y contratado".
Para la magistrada, tales afirmaciones "carecen de todo rigor técnico" pues "no están suscritas por profesional cualificado en la materia". Por eso, el auto acuerda ampliar el objeto del informe solicitado al perito judicial en el sentido de que aclare si la pasarela se ejecutó conforme al proyecto refundido de 2012 y conforme al subproyecto de las pasarelas de 2014.
También, para aclarar toda duda sobre los materiales empleados, pide al perito que examine si en los planos del proyecto de obra se prevé que los elementos mecánicos fueran de acero inoxidable, que informe del material efectivamente utilizado, que indique si cumplía la normativa aplicable y exigible, y que valore el proyecto concreto de las pasarelas de 2014 en tal particular extremo.
MÁS TESTIFICALES Y DOCUMENTAL
Por otro lado, la instructora también admite por "pertinentes y necesarias" la declaración en calidad de testigo-perito de la jefa de obra que dirigió las obras de mantenimiento realizadas en la senda costera, y también en la pasarela siniestrada, en julio de 2024.
Del mismo modo, quiere tomar declaración a los operarios que intervinieron en la ejecución material de tal mantenimiento, por lo que pide a la adjudicataria que los identifique, y también al ingeniero industrial que firmó el proyecto de las pasarelas de 2014.
Finalmente, admite la prueba documental solicitada por la familia de una de las fallecidas y pide a Costas el expediente íntegro del Contrato de Mantenimiento y Conservación de la Costa de Cantabria año 2023, "debiendo incluir específicamente las órdenes de trabajo, los presupuestos desglosados y las facturas abonadas a la empresa que ejecutó la reparación en la pasarela de El Bocal en julio de 2024".