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SANTANDER, 31 Jul. (EUROPA PRESS) -
La jueza del caso Novo Banco ha acordado procesar como responsables penales al gestor de la oficina de Santander que presuntamente se benefició de inversiones de sus clientes y a la propia entidad por "incumplimiento grave de sus deberes de supervisión, vigilancia y control". En total, hay 84 perjudicados, entre particulares y entidades, que reclaman casi 38,5 millones.
En un auto, que no es firme porque ha sido recurrido en apelación, la titular de la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de la ciudad también procesa a la esposa, al padre y a los tres hermanos del gestor, Jacobo Vidal, como partícipes a título lucrativo, pues supuestamente recibieron cerca de 1,7 millones.
Además, la resolución acuerda la celebración de las declaraciones indagatorias de todos. La última ha tenido lugar este viernes, por lo que ya se han practicado todas las diligencias acordadas por la magistrada, paso previo al auto de conclusión del sumario y a su traslado a sede de enjuiciamiento.
Los hechos investigados revisten por ahora, y salvo ulterior calificación, los caracteres de un delito continuado de estafa, falsificación por particular de documento mercantil y administración desleal, y de los mismos se desprenden "indicios racionales de criminalidad" en la persona física del gestor y en la persona jurídica de Novo Banco.
El auto relata la supuesta operativa delictiva de Vidal, que desde 2006 "habría ocultado presuntamente el resultado negativo de las inversiones realizadas por él mismo en el mercado de derivados, de gran riesgo inversor, informando falsamente a sus clientes".
Así, hacía creer a algunos (principalmente con quienes más confianza tenía) que sus inversiones estaban otorgando una "buena rentabilidad", cuando en realidad "habían perdido gran parte de su capital". Para ello, habría confeccionó informes bancarios "falsos" para informar a sus clientes en ese sentido, creando así una suerte de 'contabilidad paralela' a la del propio banco.
Esta operativa permitió al investigado "continuar desempeñando sus servicios para Novo Banco, sin que los clientes llegasen a retirar sus fondos al actuar bajo la falsa creencia de que sus inversiones estaban siendo realmente rentables".
"Dentro de la presunta dinámica comisiva, realizó supuestamente múltiples traspasos con conceptos potencialmente engañosos entre cuentas de diferentes clientes que no tenían ninguna vinculación familiar o económica aparente entre sí, y ello con el único fin de proporcionar los fondos necesarios para cubrir necesidades de liquidez en la cuenta de un cliente concreto que creía tener un saldo superior al real". Además, esas "miles" de operaciones de inversión generaron a la entidad bancaria "beneficios en forma de comisiones".
El procesado actuó de ese modo "al parecer con total y absoluta libertad", consecuencia de la relación de "confianza" que tenía con sus clientes, "empleando órdenes firmadas en blanco o a posteriori, no firmadas en ningún caso o incluso simulando la firma de algunos de sus clientes", y "en algunos casos sin el conocimiento, ni consentimiento, ni autorización de sus clientes".
BENEFICIABA A SUS FAMILIARES
Y cuando llegaba el vencimiento de las inversiones, el procesado "procedía de forma arbitraria a distribuir los retornos de tales inversiones, originando con ello perjuicios económicos a la mayoría de sus clientes y beneficiando a sus familiares, en concreto a su esposa, a su padre y a sus tres hermanos".
Para lograr su objetivo, habría creado una estructura financiera con la que desde mayo de 2010 activó "cuentas bancarias abiertas a nombre de sus familiares (Grupo 1) que utilizaría para llevar a efecto su operativa inversora en productos derivados".
A continuación, "habría realizado múltiples transferencias bancarias a un segundo grupo de cuentas (Grupo 2), también abiertas a nombre de tales familiares directos, si bien manejadas directamente por él mismo, de forma que fueron él y su esposa quienes presuntamente dispusieron en todo momento de tales fondos en forma de disposiciones en efectivo, transferencias con destino a cuentas de la esposa, o sufragando viajes y otros gastos de carácter personal".
De ese modo, daba salida al flujo económico procedente de las cuentas del Grupo 1. Y a su vez, desde las cuentas del Grupo 2, "el investigado habría efectuado transferencias periódicas a favor de otras cuentas (Grupo 3) de las que también eran titulares sus familiares más directos en forma de asignaciones mensuales, en cuantías que oscilan entre los 1.000 y los 2.000 euros, coincidiendo en su mayoría con fechas de principios o finales de mes".
En este caso, los titulares de esas cuentas disponen directamente de esos fondos para "atender sus gastos personales (recibos, pagos por tarjetas, extracciones de cajero, pago de préstamos, etc.)".
Las cantidades que a título lucrativo habrían percibido los familiares ascienden a: 592.181 euros la esposa, 570.174 euros el padre, 328.739 uno de los hermanos, 104.777 euros la hermana y 84.450 euros el otro hermano.
INCUMPLIMIENTO GRAVE DE NOVO BANCO
El auto judicial explica que existen "indicios suficientes" para creer que el gestor financiero, sometido a la autoridad de los órganos de administración de Novo Banco, y por ello del Comité de Control y Seguimiento del Plan Compliance, "por cuenta y en beneficio indirecto" de la entidad pudo realizar la conducta presuntamente delictiva como consecuencia del "incumplimiento grave" por parte de dichos órganos de "los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad".
Así, no solo no parece que el plan de cumplimiento normativo de la entidad resultara "eficaz y adecuado" para prevenir delitos de esta naturaleza o para reducir de forma "significativa" el riesgo de su comisión, sino que las diligencias practicadas apuntan a la posible existencia de "deficiencias relevantes" en el funcionamiento del modelo de prevención de delitos de la entidad.
Y es que un informe de auditoría de 2019 aportado por Novo Banco ya advertía de "graves irregularidades en una operativa que no se puede circunscribir a un periodo temporal ni a un grupo de clientes, sino a una práctica habitual de inobservancia de cualquier política, norma y procedimiento interno".
Por todo ello, la instructora concluye que, "de forma indiciaria, los mecanismos de prevención y control implantados por Novo Banco para detección y evitación de conductas susceptibles de integrar un delito de estafa no alcanzaron, en la práctica, el nivel de eficacia que cabría exigir de un sistema de cumplimiento normativo adecuadamente implementado y supervisado".
Además, "resulta especialmente relevante que el conocimiento por parte de la entidad de las irregularidades investigadas no tuviera su origen en la activación de los controles internos previstos al efecto, sino en la confesión realizada por el propio gestor financiero en febrero de 2020", que dio origen al procedimiento.