El juicio por los vertidos de Sniace se repite desde mañana y hasta el 22 de abril

Piden al que fuera jefe de operaciones de la empresa, su presidente y resto de consejeros 16 meses de prisión y multa de 6.000 euros

Archivo - El expresidente de Sniace Blas Mezquita (2a fila), y uno de los excomponentes de la dirección de la empresa Manuel Huerta (2d), durante el juicio por los vertidos que realizó su empresa al río Saja-Besaya entre el año 2008 y 2010
Archivo - El expresidente de Sniace Blas Mezquita (2a fila), y uno de los excomponentes de la dirección de la empresa Manuel Huerta (2d), durante el juicio por los vertidos que realizó su empresa al río Saja-Besaya entre el año 2008 y 2010 - JUAN MANUEL SERRANO ARCE - Europa Press - Archivo
Europa Press Cantabria
Publicado: domingo, 12 abril 2026 10:49

SANTANDER, 12 Abr. (EUROPA PRESS) -

El juicio por los vertidos contaminantes de Sniace al Saja-Besaya se volverá a celebrar a partir de este lunes, 13 de abril, después que la Audiencia Provincial de Cantabria anulara parcialmente la vista oral y la sentencia que condenó a los exconsejeros de esta empresa de Torrelavega y al jefe de operaciones a tres meses y medio de cárcel por los residuos al río entre 2008 y 2010 sin autorización.

La vista oral a los ocho acusados por un delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente se celebró en el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander y la nueva será en la Plaza número 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de la ciudad, aunque se desarrollará como entonces en el salón de actos de Las Salesas.

Se prolongará a lo largo de cinco sesiones hasta el 22 de abril, todas ellas a las 9.00 horas. El día 13 será el turno de las cuestiones previas y la prueba testifical; el 16 y 17 se practicará la pericial; el 20 se interrogará a los acusados; y el plenario terminará el 22 con las conclusiones e informes de las partes.

La Fiscalía pide al que fuera jefe de operaciones de Sniace, al presidente de la compañía y al resto de consejeros 16 meses de prisión y multa de 6.000 euros, al igual que Ecologistas en Acción, mientras que la Abogacía del Estado reclama dos años y seis meses de cárcel, multa de 10.200 euros y una indemnización de 50 millones.

ANULACIÓN PARCIAL DEL JUICIO Y DE LA SENTENCIA

La Sección Primera de la Audiencia cántabra acordó en verano de 2024 volver a anular en parte el plenario y el fallo por los vertidos de Sniace al río --sin autorización, según la Fiscalía-- y retrotraer de nuevo las actuaciones al órgano juzgador para que completara la prueba con la testifical de Francisco Martín, consejero de Medio Ambiente del Gobierno regional en el momento de los hechos, y Miguel Gómez de Liaño, que también integró el Consejo de Administración de la empresa.

La declaración de ambos debía ser ante el mismo Juzgado --presidido entonces por el juez José Hoya Coromina, ya jubilado-- para que dictara otra vez la sentencia de instancia valorando las nuevas testificales y la prueba de descargo y las restantes practicadas.

Ese magistrado enjuició los hechos en febrero de 2021 y en septiembre emitió el fallo que condenaba al expresidente de Sniace Blas Mezquita, a otros seis antiguos consejeros de la empresa (Jesús Manuel Zaballa, Manuel Huerta, Antonio Temes, Víctor Guzmán, Julio A. García y Juan Yago) y al entonces jefe de operaciones de la fábrica (José Francisco González), a este último como autor penalmente responsable de un delito contra el medio ambiente en tanto que los anteriores lo cometieron por omisión.

No obstante, sobre todos recayó la misma pena, así como siete meses de inhabilitación para actividades relacionadas con vertidos al medio natural, y fueron condenados también a indemnizar a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) por el perjuicio causado, siendo la empresa responsable civil subsidiaria.

Pero un año después, en octubre de 2022, la Audiencia cántabra anuló la sentencia de instancia --que aplicaba la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas-- y llamó a completar la prueba citando como testigos a Martín y a Gómez de Liaño, y justificar también la acusación contra el exjefe de operaciones.

Sin embargo, meses después, en enero de 2023, el entonces todavía magistrado de lo Penal 2 ratificó su fallo, pese a haber sido anulado por el tribunal, y sin haber practicado las testificales requeridas, y los exconsejeros recurrieron esa sentencia.

La misma Sala, la de la Sección Primera de la AP, vio las apelaciones y las estimó en parte, al anular parcialmente el juicio y la sentencia para completar la prueba y dictar una nueva.

Además, los magistrados acordaron remitir al Consejo General del Poder Judicial copia de la sentencia y de las dos anteriores para poner en conocimiento del órgano de gobierno de los jueces la actuación del juez de lo Penal 2 de Santander por si hubiera incurrido en algún tipo de responsabilidad.

VERTIDOS SIN AUTORIZACIÓN

Según la Fiscalía, Sniace carecía de autorización para verter las aguas derivadas de su proceso industrial al río, ya que la Confederación Hidrográfica del Norte le revocó en 2006 la que tenía desde 2002 por "el carácter abusivo de los vertidos que venía realizando".

Por otro lado, la empresa obtuvo en 2008 Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la Consejería de Medio Ambiente para verter las aguas procedentes del proceso fabril a la ría de San Martín a través de un colector de industriales y solo las de refrigeración y pluviales o de escorrentía al Saja-Besaya.

Tal y como mantiene el ministerio público, el colector de industriales no estuvo en funcionamiento y la empresa, "a sabiendas de que carecía autorización administrativa para realizar vertidos de las aguas derivadas del proceso industrial en el río Saja-Besaya, de manera continua y reiterada realizó vertidos de dichas aguas, alterándose por ello la calidad de las mismas, no respetándose los parámetros acordados en la AAI".

En consecuencia, "se vio gravemente afectada la calidad de las aguas del río Besaya", según se desprende de las analíticas realizadas, entre otros, por el Instituto Nacional de Toxicología.

Los vertidos han "perjudicado" la calidad de las aguas "generando una situación de riesgo grave para el equilibrio de los sistemas naturales y del ecosistema fluvial en general, generando unas condiciones inidóneas para la vida de los peces por ausencia de oxígeno", señala la Fiscalía, para indicar que los valores de demanda química de oxígeno y de carbono orgánico total que se desprenden de las analíticas indican "contaminación por materia orgánica".

HASTA DOS AÑOS Y MEDIO DE CÁRCEL Y 50 MILLONES DE EUROS

Por todo, la Fiscalía acusa al que fuera jefe de operaciones de Sniace como autor material de un delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente, pues le responsabiliza de la decisión de realizar los vertidos contaminantes.

Y también acusa al presidente de la compañía y al resto del Consejo de Administración como autores del citado delito, ya que considera que cometieron el ilícito por omisión, al ser conocedores de los hechos y no oponerse o prohibirlos.

Solicita para cada uno de ellos 16 meses de prisión, multa de 6.000 euros e inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad relacionada con la emisión de vertidos al medio natural durante 20 meses.

Y pide que indemnicen conjunta y solidariamente al Estado en la cantidad que se fije en sentencia o en ejecución de la misma por el perjuicio causado al medio natural.

Además, están personadas dos acusaciones particulares: Ecologistas en Acción, que se suma a la petición de la Fiscalía, y la Abogacía del Estado, que pide para cada uno de los ocho acusados dos años y seis meses de prisión, multa de 10.200 euros e inhabilitación para actividades relacionadas con vertidos durante dos años. También les reclama una indemnización de 50 millones de euros.

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