Archivo - Trib.-La Audiencia de Valladolid celebra este lunes juicio por los 862 kilos de 'coca' de Colombia impregnados en carbón - EUROPA PRESS - Archivo
VALLADOLID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso de un gericultor de la residencia 'Sancti Spiritus' de Medina de Rioseco que había sido acusado de agredir sexualmente a un residente durante la ducha en la que el procesado asistió al octogenario dos días de agosto de 2024.
En su fallo, el tribunal recuerda que el denunciante declaró en cuatro ocasiones y se observa que "los hechos no se describen de una forma unívoca y sin ambigüedades, sino que un modo progresivo se ha ido aumentando la gravedad de los mismo, con evidentes contradicciones, contradicciones que no son meras variaciones irrelevantes o imprecisiones debido al paso del tiempo", a lo que añade que "el elemento central del cuadro probatorio, ante la negación de los hechos por el acusado, ha sido el testimonio de la víctima, que a juicio de la Sala no ha superado ni el test de credibilidad subjetiva ni el de credibilidad objetiva y, por tanto, no es suficiente para sustentar, fuera de toda duda racional, un pronunciamiento condenatorio sobre la responsabilidad del acusado, por lo que se impone el dictado de un pronunciamiento absolutorio".
Como hechos probados, el fallo absolutorio, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press, establece que el ahora absuelto trabajaba como gericultor con contrato de trabajo a tiempo completo en la residencia 'Sancti Spiritus y Santa Ana"', sita en el paseo de San Francisco, número 3, en Medina de Rioseco desde finales del mes de diciembre de 2023, en las funciones de baño o ducha y aseo de los residentes.
Entre los residentes se encontraba un varón de 82 años que presentó denuncia por agresión sexual contra el procesado por hechos registrados los días 5 y 12 de agosto de 2024 cuando estaba siendo duchado en el baño de su habitación. En la denuncia, el octogenario sostenía que el gericultor le había tocado el pene de forma insistencia, le había masturbado y realizado varias felaciones y le había intentado violar, así como que le había metido la lengua en la boca y le había besado.
Sin embargo, de lo actuado el tribunal sentenciador tan sólo entiende acreditado que el día 5 de agosto procesado no fue el trabajador encargado de bañar al denunciante ya que esta tarea la realizó una trabajadora de la residencia, sin que tuviera intervención alguna el denunciado, mientras que el día 12 del mismo mes el ahora absuelto fue el encargado de dicha tarea, al estar sustituyendo a una compañera, y el baño "se realizó siguiendo el protocolo establecido por el centro, que incluía el aseo del pene y el prepucio, sin que haya resultado acreditado que el procesado llevara a cabo los actos de carácter sexual denunciados".
Por dos delitos de agresión sexual, Fiscalía de Valladolid había pedido un total de veinte años de cárcel y prohibición de acercarse a la víctima a menos de quinientos metros, al lugar de su domicilio y trabajo y cualquier otro frecuentado por la misma y de comunicarse con ella de cualquier forma posible durante cuarenta años; inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y personas con discapacidad por un tiempo de cuarenta años, así como con personas ancianas por un plazo de veinte años, junto con libertad vigilada por diez años a ejecutar con posterioridad a la pena de cárcel.
En concepto de responsabilidad civil, la acusación pública también había interesado que el presunto agresor indemnizara a la víctima en la cantidad de 25.000 euros por los perjuicios ocasionados, con responsabilidad subsidiaria de la fundación 'Sancti Spiritus y Santa Santa' de Medina de Rioseco.