Archivo - Trib.-Juicio en noviembre para los acusados de crear un entramado de empresas y defraudar al fisco más de 105.000 euros - EUROPA PRESS - Archivo
VALLADOLID 15 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un joven de 30 años, de origen boliviano, a un total de 18 años de prisión tras declararlo culpable de los delitos de agresión sexual, con la agravante de género, y de descubrimiento y revelación de secretos cometidos contra su expareja en agosto de 2024, al tiempo que le absuelve de otros cargos de maltrato previos relativos a un incidente en enero de ese mismo año al no quedar suficientemente acreditados.
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia recogida por Europa Press, considera probado que el acusado y la víctima mantuvieron una relación sentimental de año y medio y convivieron en Valladolid hasta enero de 2024, tras lo cual hubo idas y venidas de forma intermitente hasta la ruptura definitiva en julio de ese año.
Los hechos principales ocurrieron en la madrugada del 24 de agosto de 2024. El procesado realizó reiteradas llamadas al teléfono de la víctima mientras ella se encontraba de fiesta con sus amigas. Ante su negativa a hablar, una amiga contestó el terminal para exigirle que la dejara en paz y advertirle de que lo denunciarían si continuaba el acoso.
Sobre las 05.30 horas, la mujer regresó a su domicilio, situado en el barrio de La Rondilla, y el acusado la abordó por la espalda en el portal. Tras acceder al interior del edificio, la empujó por la fuerza hacia dentro de la vivienda pese a la fuerte oposición de ella. Se entabló entonces una violenta discusión motivada por los celos del hombre al enterarse de que ella había salido de fiesta.
Una vez dentro, el agresor cogió un cuchillo de la cocina y, de forma intimidatoria, continuó recriminándole que estuviera con otros hombres, al tiempo que le exigía la contraseña para desbloquear el teléfono móvil. Ante su negativa, la condujo por la fuerza hasta el dormitorio sin soltar el arma blanca y, ya en la habitación, se produjo un fuerte forcejeo.
CASI LA ASFIXIA
La víctima comenzó a gritar, instante en que el procesado la tiró sobre la cama, se colocó encima y le tapó la boca primero con la mano y después con una almohada, llegando a presionarle el cuello con los dedos hasta el punto de que la joven llegó a perder el conocimiento durante unos instantes.
Al recobrar la consciencia, el hombre ya le había quitado la ropa interior y comenzó a realizarle tocamientos y sexo oral. Pese a la resistencia de la víctima, que se defendió golpeándole en un ojo y arañándole los brazos y el tórax, el acusado consumó la violación penetrándola vaginalmente de forma sucesiva, primero utilizando un preservativo y luego sin él.
Posteriormente, cuando la joven intentó zafarse con la excusa de ir al baño, el hombre la escoltó, la agarró del pelo y de la ropa y la obligó a volver al dormitorio para agredirla sexualmente por tercera vez. En esta última ocasión, la víctima no opuso resistencia al verse completamente superada e incapaz de detener el ataque, pidiéndole únicamente "que terminara de una vez para que se fuera". Al finalizar, el condenado amarró el preservativo utilizado y le espetó a la víctima que "se lo llevaba de recuerdo".
Antes de abandonar el inmueble, prevaliéndose de la severa presión psicológica ejercida, el agresor forzó a la víctima a entregarle el teléfono móvil ya desbloqueado, para acto seguido revisar minuciosamente sus conversaciones privadas y anotar el número de un amigo de ella. Asimismo, metió en una maleta parte de la lencería de su pareja manifestándole: "Yo te la he comprado y no te la vas a poner con ningún otro hombre. Esto te pasa por salir de fiesta. Cada vez que lo hagas, esto es lo que volverá a pasar".
Apenas unos minutos después, sobre las 08.15 horas y ya en la calle, el procesado telefoneó al amigo de su expareja para recriminarle la relación que mantenían y le advirtió en tono intimidatorio que "tuviera cuidado" porque sabía perfectamente por dónde salía de fiesta.
VERSIÓN "ABSURDA Y PUERIL" DEL CONDENADO
Durante el juicio oral, el acusado negó la agresión y adujo que las relaciones sexuales habían sido plenamente consentidas, tratando de sostener que el cuchillo lo había cogido la propia víctima por celos. Sin embargo, el tribunal ha desarmado su coartada tachándola de "absurda y pueril", fundamentando el fallo condenatorio en la absoluta persistencia y coherencia del testimonio de la víctima, respaldada de inmediato por las llamadas de auxilio a allegados y el estado de shock percibido por los agentes policiales.
Asimismo, los análisis del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses resultaron determinantes al hallar perfiles genéticos mezcla idénticos al ADN del procesado en los hisopos corporales tomados a la víctima, con un coeficiente de verosimilitud estadística incontestable.
Por todo ello, el encausado ha sido hallado autor de un delito de agresión sexual, con la pena aparejada de 15 años de prisión, inhabilitación absoluta durante la condena y prohibición de aproximarse a menos de 300 metros o comunicarse con la víctima por cualquier medio durante un periodo superior en 5 años a la pena de cárcel. Además, se le imponen 8 años de libertad vigilada post-penitenciaria, la privación de la patria potestad o tutela por 8 años y la inhabilitación para cualquier profesión que conlleve contacto con menores por un tiempo de 10 años superior a la pena privativa de libertad.
Por el delito de descubrimiento y revelación de secretos, la sala le ha condenado a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo, una multa de 20 meses con una cuota diaria de 10 euros (unos 6.000 euros en total), así como la prohibición de comunicación y aproximación a la perjudicada por un año extra al de la condena.
En materia de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar a la víctima con un total de 17.056 euros, de los cuales 4.500 euros corresponden al perjuicio personal básico por los 90 días que requirió para el tratamiento psicológico, 2.556 euros por las secuelas de estrés postraumático crónico (baremo actualizado con incremento por daño doloso) y 10.000 euros fijos en concepto de daños morales al amparo de la legislación vigente.
De igual modo, tendrá que sufragar los gastos médicos del Servicio de Salud de Castilla y León (SACYL) y abonar las costas procesales generadas.
El condenado, que carecía de antecedentes penales previos, se encontraba en situación administrativa irregular en territorio español y permanece en prisión provisional comunicada y sin fianza desde el 25 de agosto de 2024.