Delgado, principal inculpado en la 'trama eólica', pide nulidad por la teoría del fruto del árbol envenenado

Tanto él como otros encausados denuncian irregularidades en el informe de un Inspector de Hacienda que dio lugar a la causa penal

Los acusados y sus defensas durante la primera de las sesiones del juicio por la 'trama eólica' que ha empezado este lunes para el trámite de cuestiones previas.
Los acusados y sus defensas durante la primera de las sesiones del juicio por la 'trama eólica' que ha empezado este lunes para el trámite de cuestiones previas.- EUROPA PRESS
Europa Press Castilla y León
Actualizado: lunes, 15 septiembre 2025 18:04

VALLADOLID, 15 Sep. (EUROPA PRESS) -

La teoría del fruto del árbol envenenado, junto con la prescripción de los delitos, ha sido la principal alegación de las defensas de los encausados en el juicio por la 'trama eólica' para solicitar la nulidad de todas las actuaciones como consecuencia de las irregularidades administrativas cometidas, en su opinión, por la Inspección de Hacienda del Estado durante la elaboración de su informe que dio origen a la presente causa penal.

   El juicio por la denominada 'trama eólica', que investiga el reparto de 'mordidas' por importe superior a los 80 millones de euros en el proceso de autorización de licencias en Castilla y León, entre 2000 y 2015, para la instalación de parques eólicos, ha dado comienzo este lunes, en sesión de mañana y tarde, con una primera jornada reservada a la presentación de cuestiones previas en la que el principal inculpado, el exviceconsejero y exsecretario general de Economía, Rafael Delgado, ha pedido la nulidad de actuaciones, como luego haría la totalidad del resto de defensas, por entender que la causa se inició a partir del referido informe elaborado por el inspector de Hacienda Juan Tocino, de fecha 30 de diciembre de 2014, que presenta "numerosas irregularidades".

   A juicio de los acusados, dicho informe "envenenado" dio lugar a posteriori a las acciones iniciadas por Fiscalía Anticorrupción y por ello consideran que el mismo, apelando a la teoría del fruto del árbol envenenado, constituye unas "vulneración plena de derechos" por cuanto, entre otras irregularidades, ni hace constar la fecha de inicio de la inspección--impide conocer si la misma ha excedido el plazo de los 18 meses estipulados--y tampoco se ha comunicado la misma a los investigados, en concreto a Rafael Delgado y sus mercantiles Samuño Activos SL. y Delgado Consulting, lo que ha provocado una contaminación de todas las pruebas obtenidas.

EXCULPADO UNO DE LOS CATORCE ENCAUSADOS

   Pero además de ello, los acusados, uno tras otro, han invocado la prescripción de todos los delitos que se les imputan, desde prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, extorsión, blanqueo de capitales y contra la hacienda pública, algo que tendrá que resolver el tribunal sentenciador, al igual que la falta de legitimación activa de las acusaciones particulares denunciada por las letradas defensoras de la Junta de Castilla y León y de Iberdrola Renovables, en calidad ambas como responsables civiles subsidiarias, al coincidir en que ninguna de las mercantiles acusadoras "son ofendidas o titulares del bien jurídico protegido" y, en consecuencia, no han resultado perjudicadas.

   En este sentido, la defensa de Iberdrola Renovables ha apuntado que únicamente Altos del Rasero podría considerarse perjudicada, pero considera también prescrita su acción civil ya que hasta el mismo día del juicio no la había incluido en su escrito.

    La cuestión que ya ha despejado la sala en la primera sesión es la de aceptar excluir de la causa a uno de los catorce encausados, el empresario Carlos Galdón Cabrera, después de que el tribunal escuchara por boca de los letrados de las cinco acusaciones particulares ejercidas por José María Grau y las mercantiles Altos del Rasero, Yedra 10, NR 33 y Enersol la retirada de cargos contra el aludido, quien fuera presidente de la farmacéutica GSK y administrador único de Avanzalia System, en línea de lo que ya en su día decidió también el Fiscal Anticorrupción que lleva el caso, Tomás Herranz, quien, a causa de la prescripción de los delitos imputados, le excluyó de la lista inicial de 21 personas que en 2017 recogía su escrito de querella presentado ante el Juzgado de Instrucción 4 de la capital.

   Aunque los acusadores particulares piden que el exculpado comparezca ahora como testigo a lo largo del juicio, el representante legal de Rafael Delgado ha mostrado su frontal rechazo, si bien el tribunal ha autorizado finalmente la declaración de Carlos Galdón, cuyo testimonio también ha sido solicitado igualmente por el Fiscal Anticorrupción.

   A lo largo de la mañana han invocado igualmente esa prescripción de delitos los hermanos Francisco y Alberto Esgueva, de Grupo San Cayetano, con la particularidad de que el primero de ellos, por boca de su abogado, se ha desmarcado de los negocios que dicha mercantil llevó a cabo con Iberdrola y sus filiales Biovent Holding e Ibercyl mediante la constitución de la sociedad Energía Global Castellana, participada al 60 por ciento por la hidroeléctrica y al 40 por el grupo vallisoletano.

BENEFICIOS DE 47 MILLONES, FRENTE A 24.000 EUROS DE COSTE

   Aunque dicha relación empresarial se tradujo en unos beneficios para el grupo local de 47 millones de euros, frente a una exigua inversión de 24.000 euros, el defensor de Francisco Esgueva ha advertido de que el único beneficiario fue su hermano Alberto, quien centró su actividad en el sector eólico a partir de 2003 mientras el primero se hizo en exclusiva con el negocio familiar del cartón.

   La fase de previas se ha iniciado casi con una hora de retraso, ya que durante ese periodo ha sido preciso que el tribunal distribuyera en la sala a los encausados, sus defensas y las acusaciones, tanto las particulares como la popular de la Federación Ecologistas en Acción y las que ejercen el ya aludido Fiscal Anticorrupción y la Abogacía del Estado, en total cerca de medio centenar de personas.

    En el anecdotario figura el hecho de que uno de los acusados, el abogado Jesús Rodríguez Recio, supuesto 'testaferro' de Rafael Delgado, ha decidido defenderse a sí mismo y por ello ha acudido a la sala con su toga y ha ocupado la zona reservada a las defensas, en lugar de compartir banquillo con el resto de los trece encausados.

   La supuesta 'trama eólica' tiene su origen cuando la Junta entendió que el sector de las energías renovables y particularmente el eólico era un sector que facilitaba la diversificación de actividades para las empresas de la Comunidad Autónoma, regulado y con un importante marco jurídico y retributivo estable, por lo que decidió favorecer una importante entrada de empresas castellanoleonesas en las promotoras de parques eólicos.

EXIGIR LA PARTICIPACIÓN LOCAL 

   El plan consistía en exigir a los promotores cuyos parques poseían visos de obtener la autorización, bien por el avanzado estado de la tramitación de sus expedientes bien por hallarse en zonas donde no había competencia con otros proyectos, ceder o permitir la participación de empresas locales en el proyecto bajo la amenaza de no obtener la necesaria autorización, participación que debía ser próxima al 40 por ciento.

   Hasta que no estaba garantizada la participación no se autorizaban los parques eólicos. Y para justificar esta paralización Rafael Delgado decidió crear una nueva fase en el procedimiento administrativo denominada competencia por evacuación que sólo superaban aquellos parques que incluían un socio local, y es a partir de ahí donde el auto detalla todo aquellos empresarios a los que Delgado benefició con la autorización de las tramitaciones.

   El conjunto de las penas de cárcel que solicita el Fiscal Anticorrupción para los trece encausados se eleva a 123,5 años de cárcel y 850 millones de euros de multas. La mayor de las penas, 42 años y multa de 239 millones de euros, es para Rafael Delgado, como presunto cabecilla de la trama al dictado de las indicaciones del entonces consejero del ramo ya fallecido, Tomás Villanueva. Le siguen los empresarios Alberto Esgueva y Germán José Martín Giraldo, ambos con 12 años y 68 y 14,5 millones de multa, respectivamente; el abogado y presunto testaferro de Delgado, Jesús Rodríguez Recio, con diez años y medio y más de 25 millones de multa; y César Hernández, con siete años y 1.888.000 euros.

    

(EUROPA PRESS CASTILLA Y LEÓN)

CL TRT 20250915180314 AEC
-. Firma: AEC .-

 

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