VALLADOLID 16 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Fiscal Anticorrupción en el caso de la 'trama eólica', Tomás Herranz, ha defendido la legalidad de la investigación iniciada en su día contra los trece encausados, entre exaltos cargos de la Junta y empresarios, a los que se imputan distintos delitos por concertarse en el periodo 2000-2015 para lucrarse con el proceso de autorización de parques eólicos en Castilla y León y, al tiempo, ha rechazado la prescripción de los delitos invocada por los presuntos implicados, en especial el exvicensejero de Economía, Rafael Delgado, de quien asegura que mantuvo una actuación delictiva "de continuo".
Después de que este lunes las defensas de los encausados expusieran en jornada de mañana y tarde sus respectivas cuestiones previas durante el primer día del juicio, en el que, amén de invocar la nulidad de las actuaciones tras impugnar el informe del inspector de Hacienda Juan Tocino, de fecha 30 de diciembre de 2014, que fue el origen de la causa penal, reclamaron la prescripción de la totalidad de los delitos imputados, este martes las acusaciones, encabezadas por el Fiscal Anticorrupción, Tomás Herranz, han replicado para solicitar su desestimación o en su defecto reclamar "prudencia" al tribunal sentenciador al objeto de que no resuelva las mismas antes del inicio de la prueba testifical y, en cambio, espere a pronunciarse en ejecución de sentencia tras "la valoración de la prueba".
"La actividad de Rafael Delgado es de continuo...está delinquiendo todo el tiempo, desde el año 2004 hasta el último acto de blanqueo de capitales que se le imputa", ha espetado el acusador público, quien, en declaraciones recogidas por Europa Press, en una intervención muy técnica en la que ha rebatido las alegaciones de las defensas, ha rechazado la prescripción de los delitos y ha dado también plena validez a ese informe del inspector de la Agencia Estatal Tributaria, Juan Tocino, fechado el 30 de diciembre de 20214 que fue puesto en su día en manos de la Fiscalía, "sin que el mismo suponga vulneración alguna de un derecho fundamental", y que dio lugar a la presente causa penal.
En este sentido, el acusador ha matizado que el cuestionado informe contó con el preceptivo visto bueno de los servicios jurídicos de la Agencia Estatal Tributaria, "que entendió que los hechos investigados tenían que ser puestos en manos de la Fiscalía. El funcionario no se saltó la cadena, pero si hubiera presentado denuncia directamente, la misma tendría también plena validez", ha zanjado Tomás Herranz.
Con respecto al delito de cohecho, el acusador público ha particularizado el caso de Rafael Delgado para rechazar su prescripción, al tiempo que ha recordado que la presente causa que hoy se dirime en la Audiencia Provincial "presenta indicios de acuerdo entre Iberdrola y representantes de la Junta, y de ello se encargó el entonces viceconsejero de Economía siguiendo las indicaciones del entonces consejero del ramo, Tomás Villanueva, con participación del representante de la eléctrica Ricardo Bravo. Hubo un plan conjunto, un acuerdo de cohecho", ha anticipado ya el Fiscal Anticorrupción, quien ha insistido en que entre los hechos delictivos y las diligencias previas de incoación no han transcurrido los quince años estipulados para la prescripción de los delitos.
"DENUNCIA DERIVADA DE UNA OBLIGACIÓN LEGAL"
En este mismo sentido se ha pronunciado la abogada del Estado, en representación de la Agencia Estatal Tributaria--imputa a Rafael Delgado tres delitos contra la Hacienda Pública--, quien ha defendido la legalidad del contestado informe del referido inspector que derivó en la causa penal y al que ha definido como "una denuncia que se deriva de una obligación legal. No es un acto administrativo, es una denuncia que no presenta ese funcionario público sino que presenta la propia Agencia Estatal Tributaria", a través de una inspección que si bien pude contener algunas anomalías "tiene un contenido mínimo para la persecución de delitos. Esa denuncia ha resultado cierta, los hechos han sido acreditados en fase de instrucción y otro tanto ocurrirá en el presente juicio", ha augurado.
"Se descubrieron unos hechos que llamaron la atención tanto por la corriente monetaria detectada como por lo poco lógico de las relaciones comerciales entre las partes", ha desvelado la representante de la Abogacía del Estado.
UNA "ORGANIZACIÓN CRIMINAL"
La fase de previas la han cerrado acto seguido el resto de las acusaciones particulares para defender su legitimación activa para su personación en el procedimiento penal al haber resultado perjudicadas económicamente las empresas a las que representan como consecuencia de una "trama" que, bajo un "mismo patrón delictivo", según el letrado de Enersol, provocó la paralización de los parques eólicos que pretendían impulsar.
También han pedido al tribunal, incluida la Federación Ecologistas en Acción, como acción popular, que rechace las pretensiones de las defensas de declarar nulo el procedimiento y prescrito el rosario de delitos atribuido a los imputados, a los que el letrado de NR 33 no ha dudado en calificar de "organización criminal, con papeles repartidos entre los implicados", aunque dicho calificativo quedó excluido en el auto de apertura del juicio oral.
En el caso de la Federación Ecologistas en Acción, personada como acusación popular, su representante legal ha aplaudido a la persona a la que se le ocurrió en su momento tildar la causa como "trama eólica", tras constatar lo acertado de dicho calificativo pues, como así ha precisado, "se trataba de lograr una finalidad: que algunos se llevasen los parques y que otros, entre ellos Delgado, arrimaran a su bolsillo los dineros".
UN JUICIO PENAL, "NO UN JUICIO POLÍTICO"
Una vez concluido el trámite de previas, la Audiencia de Valladolid ha resuelto parte de ellas y ha pospuesto las más complejas para pronunciarse sobre las mismas en ejecución de sentencia, como la prescripción de delitos, "cuestión muy compleja". En el caso de las ya resueltas, el tribunal ha acordado, como cuestión más relevante, rechazar la nulidad del proceso a partir de la teoría del 'fruto del árbol envenenado', y ha resuelto unificar en uno de los letrados un total ocho acusaciones particulares, ya que, según ha advertido el magistrado, su escrito de acusación es idéntico y "no está justificada" su personación por separado.
Igualmente, la Sala ha rechazado la petición de Rafael Delgado de incorporar a la causa los diarios de sesiones de las Cortes relativas a sendas intervenciones, el 21 de febrero de 2006 y 7 de febrero de 2008, del entonces consejero de Economía, el ya fallecido Tomás Villanueva, sobre la implantación de parques eólicos en Castilla y León y la legalidad de los procedimientos empleados.
"Una cosa es el desiderátum del consejero y otra muy distinta la posibilidad de que algunas personas de su departamento se pusieran en contacto con Iberdrola y otras empresas para cometer delitos", ha apuntado el magistrado presidente del tribunal, quien ha advertido a las partes de que no va a tolerar convertir el presente juicio penal en un juicio político. "Lo digo desde aquí, no lo voy a consentir, no estamos ante un juicio político sino ante un juicio penal contra personas a las que se imputan delitos concretos".
La vista oral se retomará el próximo día 6 de octubre, fecha en la que dará comienzo ya la prueba testifical en la que está previsto que 'desfilen' por la sala de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid más de ochenta personas.
(EUROPA PRESS CASTILLA Y LEÓN)
CL TRT 20250916144358 AEC
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