VALLADOLID, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Burgos, según una reciente sentencia, ha aceptado los argumentos de la denuncia realizada hace dos años por la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), respecto a la indebida aplicación de los márgenes de error que la Dirección General de Tráfico realiza para sancionar los excesos de velocidad y la utilización de una norma técnica obsoleta, para fijar el importe de las multas.
La resolución judicial --dictada en contestación al recurso promovido por AEA en defensa de uno de sus socios que fue denunciado por circular a 151 kilómetros por hora (Km/h) en un tramo limitado a 120---, reduce la sanción de 300 euros y dos puntos, a 100 euros sin puntos, por cuanto considera que "siendo que el vehículo con el radar no estaba en movimiento sino parado, el margen que la norma UNE aplica es de + 3 por ciento".