El PP de Salamanca destaca que el auto subraya que declarar "es una garantía procesal del derecho de defensa"

Archivo - El presidente del PP provincial, Javier Iglesias, en el primer mitin del PP de la campaña electoral para las elecciones de Castilla y León, en el Hotel Barco Recoletos Coco, a 28 de enero de 2022, en Salamanca, Castilla y León (España).
Archivo - El presidente del PP provincial, Javier Iglesias, en el primer mitin del PP de la campaña electoral para las elecciones de Castilla y León, en el Hotel Barco Recoletos Coco, a 28 de enero de 2022, en Salamanca, Castilla y León (España). - Manuel Ángel Laya - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 10 noviembre 2022 20:55

SALAMANCA, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Partido Popular de Salamanca ha destacado en un comunicado de prensa, después de que la Audiencia Provincial haya rechazado tanto su recurso como los del presidente del PP provincial, Javier Iglesias, y su gerente, Isabel González, y haya avalado la declaración como investigados de las tres partes por el caso 'Primarias', que el auto recoge "en diversas ocasiones que la citación a declarar en calidad de investigado es una garantía procesal del derecho de defensa".

"Se reitera en diversas ocasiones que la citación a declarar en calidad de investigado es una garantía procesal del derecho de defensa, sin que ello implique que de forma necesaria el procedimiento se dirija de forma definitiva contra él y mucho menos la supuesta culpabilidad del mismo en los hechos investigados", ha apuntado la formación popular en el comunicado recogido por Europa Press.

Igualmente, "señala, en lo relativo al presidente provincial del Partido, que el hecho de que la idea de efectuar aportaciones se le ocurriera o fuera alentada por él no constituye ningún tipo de ilícito, siempre que se hubiera respetado lo prescrito en la Ley de Financiación de Partidos Políticos", ha continuado.

Por otra parte, el auto "ratifica" el razonamiento expresado por el Tribunal en otras resoluciones anteriores "en el sentido de considerar que el pago de cuotas de afiliados por terceras personas, siempre que dicho destino esté acreditado (se hayan pagado las cuotas) y que las terceras personas estén perfectamente identificadas, constituiría un supuesto de pago de deuda de tercero amparado en el artículo 1.158 del Código Civil, y, en consecuencia, la conducta del investigado no tendría relevancia desde el punto de vista penal", ha remarcado.

En este sentido, y sobre las "dudas" que pudieran haber surgido sobre los justificantes bancarios aportados por "diferentes personas" para "acreditar sus aportaciones para el pago de cuotas de afiliados, causa de que se acordara la citación a declarar como investigados", la Audiencia Provincial "considera relevante valorar que las personas que aportaron los recibos bancarios hagan además una declaración formal jurada", ha señalado el PP de Salamanca.

Esta afirmación, según el comunicado del PP, "merece ser destacada", puesto que tales declaraciones juradas "ya han sido aportadas al procedimiento judicial con posterioridad a que se presentaran los recursos, sin que por dicho motivo pudieran ser tenidas en cuenta por el Tribunal a la hora de resolverlos".

Asimismo, ha subrayado que, "a través de un medio de comunicación, se conoció hace algunos meses que el Tribunal de Cuentas había considerado que el pago de cuotas de afiliados del Partido Popular de Salamanca con dinero aportado por cargos públicos u otros afiliados no suponía infracción de lo dispuesto en la Ley de Financiación de Partidos Políticos".

"Habiéndose solicitado en su día por el Juzgado al Tribunal de Cuentas la remisión de lo dispuesto por el Tribunal de Cuentas sobre este asunto, a día de hoy no consta a las partes del proceso que se haya remitido tal información por el Tribunal, ha aseverado.

ACUSACIÓN PARTICULAR

Por otra parte, ha incidido en que la resolución del juzgado de 29 de noviembre de 2021 rechazó la petición de la acusación popular, Foro de Izquierdas-Los Verdes, para que "se citara a declarar a las personas que habían aportado los justificantes bancarios de sus aportaciones; pudiera acceder dicha acusación a la identidad de los afiliados cuya cuota se había pagado; y se volviera a citar a declarar a dos testigos".

"La Audiencia Provincial desestima el recurso que la acusación popular presentó contra dicha Resolución, si bien la recurrente había desistido ya del recurso sobre la primera cuestión", ha concluido el Partido Popular de Salamanca.

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