VALLADOLID, 7 Oct. (EUROPA PRESS) - De este modo, el tribunal ratifica la argumentación de la sentencia de abril sobre Pingüinos 2010 y entiende que "no queda suficientemente acreditada la compatibilidad necesaria entre la conservación de los valores naturales -particularmente la flora- con una concentración masiva de motoristas con acampada, máxime cuando los informes técnicos existentes en el expediente administrativo insisten en que los daños al medio natural tienen carácter acumulativo año a año".