Arranca el trámite parlamentario de la nueva ley catalana de consumo que protege más al ciudadano

Europa Press Catalunya
Actualizado: miércoles, 27 enero 2010 16:42

BARCELONA 27 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Parlament inició hoy el debate de la nueva ley del Código de Consumo de Catalunya, que pretende proteger más al ciudadano de a pie ante las empresas para hacer respetar sus derechos y potencia el arbitraje gratuito.

El texto tiene como base la experiencia de la Agencia Catalana del Consumo (ACC), creada en 2004. En enero de 2008, el Govern encargó la norma a la ACC y en mayo de ese año pasó a información pública. El director de este organismo, Jordi Anguera, confió en que todos los partidos lo apoyen porque el contenido es favorable a los ciudadanos.

La nueva ley recoge en un solo texto la normativa en materia de consumo ahora dispersa en diversas normas sectoriales, a la vez que incrementa la capacidad sancionadora del Govern. Entre las novedades, señala que todas las comarcas tendrán, como mínimo, un Servicio Público de Consumo.

Todas las empresas públicas de la Generalitat y de los ayuntamientos catalanes deberán utilizar el sistema arbitral de consumo para resolver las reclamaciones. Además, la adhesión a este sistema se tendrá en cuenta a la hora de otorgar ayudas y subvenciones públicas.

TELÉFONOS Y OFICINAS DE ATENCIÓN AL CLIENTE

Otra exigencia que incorpora el código es que los teléfonos de atención al cliente de las empresas deberán ser gratuitos y obligatorios.

A esto se suma que los servicios básicos como suministros, transportes, comunicaciones, servicios asistenciales y sanitarios, financieros y de seguros, deberán tener una oficina física en Catalunya, donde el consumidor pueda ser atendido personalmente ante cualquier incidencia o consulta sobre el servicio.

En cuanto a la venta de servicios y productos anticipados, como por ejemplo los billetes de compañías aéreas, el código establece que en casos de cierre de empresas --como ocurrió con Air Madrid y Air Comet-- los clientes podrán recuperar las cantidades entregadas por productos o servicios que no llegaron a tener.

En este sentido, los tickets y comprobantes de compra no podrán borrarse y deberán durar lo mismo que la vida útil del producto, ya que son esenciales en caso de reclamación. La ley indica que los consumidores deberán tener esta información de forma clara y precisa antes de contratar el producto o servicio.

FACTURAS NO PAGADAS

En servicios como suministros o telefonía, la empresa no podrá dejar de prestar el servicio por falta de pago de algún recibo o factura si éste es objeto de reclamación. Anguera subrayó que ahora lo recomendable es pagar y después reclamar, y con este cambio de la ley, se obliga a la empresa a que resuelva la reclamación sin demora.

Tampoco se podrán interrumpir los suministros básicos o inscribir a los consumidores en un fichero de impagados a no ser que haya más de dos facturas sin pagar y se haya notificado el impago con una antelación mínima de diez días.

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