Elecciones Cataluña 2024: Cómo saber mi colegio electoral y la mesa en la que tengo que votar

Archivo - Una mesa electoral, en el Centro Galego de Arte Contemporáneo (CGAC), durante las elecciones gallegas, a 18 de febrero de 2024
Archivo - Una mesa electoral, en el Centro Galego de Arte Contemporáneo (CGAC), durante las elecciones gallegas, a 18 de febrero de 2024 - CÉSAR ARXINA / EUROPA PRESS / CONTACTOPHOTO
Publicado: sábado, 11 mayo 2024 10:59

MADRID, 11 May. (EUROPA PRESS) -

El próximo domingo, más de 5 millones y medio de catalanes están llamados a votar para elegir a sus representantes en el Parlamento de Cataluña, unos comicios en los que se formarán cerca de 9000 mesas electorales para su correcto funcionamiento.

¿CÓMO SABER MI COLEGIO ELECTORAL Y EN QUÉ MESA TENGO QUE VOTAR EN LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA?

Todos los ciudadanos catalanes que están llamados a votar el próximo 12 de mayo pueden comprobar su inscripción en el censo electoral y conocer la sección y la mesa en la que le corresponde votar a través de la tarjeta censal.

La tarjeta censal es un documento enviado por la Oficina del Censo Electoral que recoge los datos actualizados de cada elector. Esta tarjeta es enviada a todos los votantes inscritos cuando hay un proceso electoral. Cabe destacar que la tarjeta censal tiene un carácter meramente informativo y no servirá para identificarse a la hora de votar.

Si no ha podido consultar su tarjeta censal o no le es posible acudir presencialmente a la Oficina del Censo, cualquier votante puede conocer también cuál es su colegio y mesa electoral correspondiente consultando en el ayuntamiento en el que esté empadronado o en la web del INE. Para consultar esta información de manera online, el INE cuenta con una plataforma en su sede electrónica que, mediante la introducción de algunos datos personales, muestra cuál es el colegio y la mesa en la que tenemos que le corresponde votar en las elecciones catalanas.

¿CÓMO CONSULTAR TU INSCRIPCIÓN EN EL CENSO ELECTORAL?

Tal y como indica en su web de información electoral la Generalitat de Cataluña, se pueden consultar las inscripciones en las listas electorales de las siguientes maneras:

-A través de la página web del Instituto Nacional de Estadística. El INE cuenta con una plataforma en la que cualquier ciudadano puede acceder y consultar si se encuentra inscrito en el censo electoral registrándose mediante certificado electrónico o con el sistema de autentificación digital del Gobierno de España, Cl@ve.

-De manera presencial, acudiendo a la Oficina del Censo Electoral de la Delegación Provincial correspondiente, ya que allí disponen del censo actualizado y está disponible para su consulta.

-Consultando las listas en los ayuntamientos y consulados, ya que exponen las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios durante un periodo de 8 días, a partir del 6º día posterior a la convocatoria electoral.

-Por teléfono, llamando al 900 343 232, número de teléfono de la Oficina del Censo Electoral del INE.

¿QUÉ PUEDO HACER SI NO CONSTO EN EL CENSO ELECTORAL?

Si tras consultarlo, su nombre no consta en el censo electoral o los datos que aparecen son incorrectos, la Ley Orgánica del Régimen Electoral (LOREG) recoge en su artículo 39.3 que durante un plazo de 8 días, cualquier persona podrá realizar una reclamación dirigida a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral. Solo se tendrán en cuenta las reclamaciones referidas a la rectificación de datos personales, a los cambios de domicilio o en caso de que una persona no esté incluida en la inscripción del censo electoral que le corresponde pese a tener derecho a ello.

Según indica en su web la Generalitat de Cataluña, una vez finalizado el plazo de reclamaciones y hasta el mismo día de la votación, si una persona no aparece en el censo electoral que le corresponde, podrá solicitar un certificado censal específico. Este certificado acredita el derecho a votar ante la respectiva mesa electoral y se puede solicitar de las siguientes maneras:

-Acudiendo a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral. Allí es necesario mostrar el DNI, una fotocopia y presentar un certificado de empadronamiento.

-Acudiendo al ayuntamiento correspondiente, que enviará la petición del certificado censal por fax a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral. Esta petición deberá ser debidamente autenticada por el secretario del ayuntamiento o por la persona en quien delegue.

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