MADRID 30 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se solicita la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra algunos preceptos de la ley catalana de urbanismo, ya que considera que vulneran la normativa básica establecida por el Estado en materia de patrimonios públicos de suelo, sobre el destino de los ingresos de la enajenación de suelo público y el destino de suelos cedidos.
En concreto, el recurso se hará sobre los artículos 59 y 64 y el apartado séptimo de la Disposición Adicional Sexta de la de Modificación del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de la Generalitat.
Además, el Ejecutivo considera que vulnera lo establecido en la normativa estatal en cuanto a la primera ocupación de las edificaciones de nueva planta que requieren un acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa.
Se considera, por tanto, que no es correcta la previsión de la ley catalana, ya que sujeta al régimen de comunicación previa la primera utilización y ocupación de los edificios y las construcciones.
Asimismo, se considera que existe extralimitación competencial en la ley catalana, porque establece una nueva fórmula de ocupación y explotación del dominio público marítimo-terrestre, como es la comunicación previa, distinta de la concesión y autorización que rige en la legislación estatal.
Finalmente, como figura en la referencia del Consejo de Ministros, una vez solicitada la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Acuerdo aprobado implicará la suspensión de los preceptos recurridos, una vez admitida a trámite la impugnación por el Tribunal Constitucional.